Me ofrecen entrar a formar parte en un sl mediante contrato privado, pudiendo elevarlo a público en el momento que quiera. ¿Si entro mediante el contrato privado es algo exclusivo entre los socios y yo o tendría conocimiento de eso la Seguridad Social y tendría que darme de alta en lel régimen general? Muchas gracias
Está usted mezclando muchas cosas. Entiendo que se refiere usted a comprar participaciones sociales de una SL mediante contrato privado y quedarse como socio. En este caso, usted podrá hacerlo sin necesidad de elevar dicha compraventa a público, pero deberá inscribirse en el libro registro de socios de la SL. Los socios no tienen por qué inscribirse en ningún régimen de la SS si no son administradores y reciben salarios de dicha SL.
Explique usted bien la operación que tiene en la cabeza y le podremos ayudar mucho mejor.
Así es, sería comprar participaciones de una SL que tiene un sólo socio que es el administrador. Compraría el 50% mediante contrato privado por lo que no sé si con esa cantidad tendría que inscribirme en la SS, ya que sería solo socio capitalista y no recibiría ningún salario (solo los beneficios que se obtengan).
En ese caso no tiene usted que hacer nada en la SS. Deberá hacerlo en el caso de que dicha SL le contratara a usted laboralmente como socio trabajador. De todos modos, la compraventa de participaciones mediante contrato privado no significa que usted no tenga que inscribirse en el libro registro de socios y que la SL pierda la condición de unipersonalidad, que deberá inscribirse en el Registro Mercantil. Pero estas circunstancias no tienen incidencia en la SS si no va a sujetarse a contrato laboral con dicha SL.