Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Entrar a españa con pasaporte español vencido

21 Comentarios
Viendo 21 - 21 de 21 comentarios
27/11/2021 08:48
Condedecartagena
Hola, tengo el mismo problema. Hable con la aerolínea y me dijeron que podía viajar con el pasaporte vencido pero aun tengo la duda. Realmente puedo viajar a España así? Y si se puede, debo salir del pais con el Colombiano y entrar a España con el español? Oh desde aquí salgo con el español?

Conservo el DNI, aunque también vencido y el certificado literal, aunque no actualizado.
Seria de gran ayuda si me respondiera, gracias.
28/11/2021 12:05
AlejandroRBBP
Hola:

1.- Si usted es nacional del Estado en cuyo territorio se encuentra y quiere salir de él, lo más seguro es que la legislación vigente en ese Estado le exija que salga del territorio de ese Estado utilizando el documento de viaje de ese Estado.

2.- Para embarcar en un vuelo internacional, una vez cruzado el control migratorio, la aerolínea le exigirá un documento de viaje idóneo para el destino al que se dirige. En definitiva, a la aerolínea lo que le interesa fundamentalmente es que usted disponga de un pasaporte en vigor y de ser necesario, de acuerdo con su nacionalidad, de un visado para cruzar la frontera del país de destino, para evitar correr riesgo de multa por transportar pasajeros que no cumplan con los requisitos previstos por la legislación migratoria del país de destino y no verse obligada a hacerse cargo del pasajero y regresarlo al aeropuerto de origen.

En lo que respecta a la entrada en España: cualquier persona de nacionalidad española tiene pleno derecho a entrar en territorio de España. Es un derecho reconocido directamente por la Constitución. De modo que si, una vez que haya llegado al aeropuerto internacional español de destino, si usted no tuviera el pasaporte o el DNI españoles en vigor, eso no es impedimento para ingresar en España si se comprueba que, no obstante la caducidad del documento de viaje (pasaporte) y del documento de identidad (DNI), usted efectivamente ostenta la nacionalidad española. Si tuviera en su poder el certificado literal de nacimiento del Registro Civil español, donde conste al margen la adquisición de la nacionalidad española, es prueba plena de la nacionalidad (dentro de España las Administraciones Públicas aceptan certificados del Registro Civil español con una antigüedad máxima de 6 meses).

Una vez verificado que usted es efectivamente de nacionalidad española, debe permitírsele el cruce de la frontera y entrada en el país. Y ello sin perjuicio de cualquier medida sanitaria anticovid que pudiera adoptarse en razón de la procedencia del vuelo.

Un cordial saludo