Bueno, la finca tendrá la protección que cualquier propiedad privada, respecto a los daños que se puedan ocasionar en ella, pero evidentemente nunca la protección que tiene el domicilio.
Gracias a los dos. Había escuchado pero no confirmado de alguna sentencia que daba como ilicito penal o no según las cabezas de ganado que hubiera en la finca. Me sonaba un poco raro, ya que si es cierto que alguna protección debe de tener la finca para que no entre nadie como pedro por su casa, no creo que esta sea penal.
Si alguien puede aportar algo mas lo agradecería.
Si es domicilio, y esa valla perimetrar separa tu domicilio con puerta (la jurisprudencia dicta que incluso si esa puerta esta abierta o rota), evidentemente si.
Tengo una duda, que espero que me ayudeis a solventar. La entrada en el terreno de una finca rustica saltando la valla perimetral, que habitualmente no es mas alta de un metro y medio, ¿puede ser calificado como una infracción penal?.