Pero hay un administrador de fincas y una comunidad exigiendo el dinero a cada vecino. Si no fuera legal no lo pedirian no? Se pueden meter en un lio no? Y la verdad dondd resido no creo que el Ayuntamiento me resuelva la duda. Gracias
Habría que leer los estatutos y el acta de constitución de la entidad para poder responderle. Y aunque yo opino que con el meor acto de la constitución ya nace la entidad, podría examinarse si se publicó en el Boletín Oficial y se inscribió,. como argumento de oposición.
Si transcribe usted aquí esos dos documentos - estatutos y el acta de constitución - y aclara si el acta se publicó en el Boletín Oficial y se inscribió, podré precisar más. Pero sinceramente va usted a acabar antes si consulta por escrito al secretario municipal. Por mi parte, puede usted copiar libremente mis respuestas en su consulta al ayuntamiento.
Y si, si después de aclarar los extremos anteriores se concluyese que no debe usted pagar, puede recurrir cualquier notificación de deuda que le llegue: primero ante el municipio y si se aogtase la vía adminsitrativa puede recurrir a los juzgados de lo contencioso: para lo segundo se requiere un abogado.
Entonces estoy obligado a pagarlo o no? A ver mi escritura pone que estoy obligado a pagar en caso de rotura de la tuberia que pasa por los patios y por eso se supone se creo la comunidad y segun el presidente son 3 o 4 euros mensuales pero se paga junto con la Entidad Urbanistica unos 20 euros mensuales. Estoy obligado a hacer este pago? Me lo pueden reclamar luego si no lo pago judicialmente? Perdon mi gnorancia pero no me quedo claro. Gracias
La entidad de conservación seguramente tiene más cosas a su cargo: encintado de aceras, alumbrado de calles, pavimentación, y aguas residuales (salvo que cada vecino tenga su fosa séptica).
La entidad de conservación es un ente de derecho público y por lo tanto opera sujeto al derecho administrativo.
No tengo claro que sea la Comunidad quien deba reclamar esas cuotas, sino la propia entidad de conservación, que evidentemente tendrá sus estatutos y su reunión para constitución (ante el ayuntamiento). Una vez constituida se debe publicar el acto en el Boletín Oficial e inscribirse en el Registro de Entidades Urbanística Colaboradoras. La pertenencia a la entidad es obligatoria para los incluidos en su ámbito de actuación.
¿Establecen tal vez los estatutos que los órganos de gobierno de la entidad sean los mismos que los de la comunidad de propietarios?
Muchas veces es el propio ayuntamiento quien recauda las cuotas. Y en su caso las exige por vía de apremio.
Cualquier notificación -a los interesados- de deudas es recurrible en vía adminsitrativa, y si llega el caso contenciosa.
Las dudas deben ser consultadas preferiblemente al secretario municipal.
Buenas me mude hace poco y aparte de pagar el ibi al ayuntamiento en la urbanizacion de adosados donde vivo nos hacen pagar una cuota a la entidad urbanistica de Conservacion. Se ha creado una comunidad de vecinos con su presidente y hay un administrsdor. Hay vecinos que no pagan porque no entiende que tengamos que pagar si no tenemos zonas comunes. Lo unico en comun es una tuberia que pasa por los patios que en caso de rotura si habria que pagar. Un vecino que vive enfrente en otra urbanizacion lleva 9 años viviendo alli y nunca ha paga la Euc. Segun el no tienen comunidad y la Euc no puede reclamarles nada y nunca le llego nada. Segun me dijeron la Euc se creo porque pasa un barrendero a limpiar cada semana ya que el ayuntamiento no da todos los servicios a la urbanizacion pese a pagarles el ibi. Como digo nosotros tenemos comunidad de vecinos y Administrador de fincas. Han acordado que van a reclamar los pagos al que deba apartir de 1 año. Es legal esto? Te pueden reclamar el dinero que debas? Tengo dudas y mas cuando el vecino de enfrente nunca pago esto pero claro ellos no tienen comunidad de vecinos y segun el por eso la Euc no les puede reclamar nada. Gracias