Soy un particular que demandé (verbal) a una tienda online por no permitirme ejercer mi derecho de desistimiento de un compra. El objeto lo tengo en mi poder y, por su tecnología se devalúa muy rápidamente, por lo que quizá podría optar por desistir de la demanda y vender el artículo. La demanda se interpuso hace unos 4 meses (antes de la pandemia), la cuestión es que, por la prensa (es una empresa conocida), me entero que la empresa ha solicitado declarar un concurso de acreedores (aún no existe concurso, o al menos no figura en el registro concursal) y ha cerrado todas sus tiendas físicas. La cuantía de lo demandado hizo que no mereciera la pena contratar abogado en su fecha, aún menos en estas circunstancias, por lo que solicito su ayuda.Las cuestiones son las siguientes
- A efectos prácticos ¿Da igual que se haya presentado la demanda antes de la solicitud del concurso? (me guío por el enlace https://www.porticolegal.com/foro/demanda-presentada-y-concurso-de-acreedores_693118 ) ¿Influiría en el orden de acreedores el momento en el que la empresa haya recibido la notificación de la demanda?
- En caso de entrar definitivamente a concurso, imagino que el proceso es muy largo,y que se vería todo por el Juzgado Mercantil, pero ¿En qué orden quedaría, en su caso, el pago dela cantidad que solicito? ¿Sería lo último tras hipotecas, préstamos, nóminas...? Esta cuestión para mí es fundamental puesto que aún tengo en mi poder el objeto cuya devolución no admitieron y podría intentar venderlo para paliar la pérdida.
Se agradece todo consejo, porque en estos temas estoy totalmente perdido.