Sí, si lo acordó por escrito en el contrato de arrendamiento (ejemplo: que ponga una cláusula en la que él pueda acceder a la vivienda para su revisión para X tiempo), y siempre con preaviso al inquilino,en caso contrario, no puede ni tener copia de las llaves de tu casa.
No olvides que lo estipulado en contrato prima sobre el resto a menos que vaya contra la ley (o sea, que la ley lo impida, que no es el caso)
Un saludo