Hace 5 años un cliente compro un propiedad que puso a nombre de su novia estudiante sin ingresos. My cliente tambien le pago un master a ella despues de la carrera
La hipoteca sorprendentement fue puesta a nombre de ella -la entidad sabia que el iba a hacerse cargo del pago-.Las mesualidades las pago ella con tarjeta de credito de la empresa de el.Ella saca dinero mensualmente con dicha tarjeta y lo ingresa en el banco para la hipoteca.
La casa antes de ser habitada (por ella) fue reformada. De todo esto como de lo anterior existe prueba documental. Cuando la casa se compro ella hizo testamento para que en caso de su fallecimiento la casa pasaria a el.- Ley testamentaria? desafortunadamente la pareja se ha roto. El cliente quiere naturalmente recuperar la propiedad, ella ha empezado a trabajar hace dos o 4 meses este es tiempo que lleva ahora pagando la hipoteca.
Agracdeceria vuestra opinion sobre la mejor accion a ejercitar y cual bajo vuestro punto de vista juridico es la posiblidad de que el tribunal entienda que fueron gratituidades dadas por mi cliente debido a la relacion afectiva que se procesaban en lugar de ser un puro prestamo.
La Srta en cuestion es licenciada en Derecho y mi patrocinado es Finlandes
No determines la relación jurídica, entiendo que no es necesario hacerlo. "Dadme los hechos y yo os daré el derecho". Deberías reclamar la cantidad de dinero que tu cliente ha pagado desde el mismo inicio de la compra de la vivienda, que documentalmente puedas justificar. Yo lo veo como una cuestión y valoración de prueba, ya que debews demostrar que ella no disponía de dinero para hacer los pagos mensuales, como al parecer lo puedes hacer.
No termino de entender lo del contenido del testamento. Si ella tenía y tiene padres, ellos son los herederos legales en 2/3 de la herencia, y solo 1/3 de la misma (imaginemos que solo tiene el piso), podría ser dejado a 3ª persona como legado.
Salvo mejor criterio
Un saludo.
Respecto al testamento y por eso lo señale, siendo la susodicha licenciada en Derecho sabia a mi entenrder perfectamente que el testamento no habria de surtir efecto alguno.
Mi cliento siendo de otra jurisdiccion donde la ley testamtaria es diferente pensaba que tendria efectividad y lo que es mas estando se supone enamorado confia a pies juntillas en ella y no busco asesoramiento legal independiente.
Que opinas respecto a que el juez pueda pensar respecto a la gratuidad de los pagos.
Qué podría alegar la ex?
Donación por matrimonio?. Artículos 1336 y ss Ccivil, que quedan sin efecto una vez transcurrido el año sin haber contraido el matrimonio.
Donación simple y pura? el artículo 632 del Ccivil establece que para la donación de cosa mueble y 633 de igual texto legal. En el primer caso, mueble, entiendo que debe demostrarlo ella.
Si alega un préstamo, está reconociendo la deuda y tendrá que demostrar que te ha devuelto el dinero.
Yo lo veo mas bien como una donación por razón de matrimonio y en todo caso como una obligación natural (artículo 1901 codigo civil)
Salvo mejor criterio, por supuesto, que seguro que lo hay.
obligaciones naturales (1902 Ccivil)
Voy a seguir tu consejo pues desde esta perspective desde luego ella tiene mucho que demostrar no obstante respecto al prestamo que potencialmente escrimamos nosotros no no tenemos prueba documental otra que su palabra coantra la nuestra.
Veremos si el cliente quiere ir adelante, la verdad es que opciones tiene pocas pocas!!