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Engañado por tonto

7 Comentarios
 
Engañado por tonto
06/01/2017 18:59
Hola, la situación es la siguiente: Estaba arreglando un bajo de una casa heredada para irme a vivir en él pero tuve que parar por no disponer de recursos suficientes. En estas, una pareja me preguntó si se lo alquilaría y yo les dije que estaba muy mal y necesitaba arreglos. Ellos me indicaron que no pasaba nada, que en lugar de los 300 € que les pedía se lo dejase algo más barato y les diese unos meses gratis. Pues bien,
llegamos al acuerdo de que no me pagasen los dos meses siguientes y que el alquiler quedase en 250€ pero debían pagar un seguro de alquiler.
Me dijeron que muy bien pero que lo del seguro no, qu me ofrecían pagarme un año por adelantado. Yo acepté pero en lugar de un año debían pagarme
10 meses y los dos meses que no les cobraba contarían. Me dieron los 2500€.
Al mes, habiendo ya ocupado el piso, me dicen que tienen 3 hijos, que asuntos sociales les amenaza con quitárselos
porque el piso no está en condiciones, y quieren irse. Yo, que veo el panorama les digo que se vayan.
Me exigen que les devuelva el dinero con amenazas, a lo cual me niego. llegamos a un nuevo acuerdo, les devuelvo 700 € para que se alquilen algo y me dejen en paz.
Como bien habreis adivinado, de esto hace cinco meses, no se han ido y dicen que tienen pagado hasta Septiembre.
El contrato que firmamos espscificaba todas estas cuestiones en sus clausulaas y tengo el recibo de los 700€ que les devolví.
El contrato también dice que es por 3 años.
Encima, me consta que no solo no han reparado nada como quedamos sino que lo tienen todavía peor.
Alguna recomendación?
Se que he sido un ingenuo, pero me daban pena los niños. Visto como han actuado, creo que se los deberían quitar porque menudos padres...
06/01/2017 20:59
beretinho
¿Han firmado algún escrito o todo esto lo han hecho de palabra?
06/01/2017 22:06
leonjbr
Está firmado en un contrato. Los 700€ que les devolví me firmaron un recibo.
07/01/2017 10:50
beretinho
Por los datos que da deduzco que el contrato se firmo en agosto del 2015 y que la duración inicial pactada era de 3 años (no de un año renovable por años hasta los 3). Si es así las respuestas a sus preguntas son las siguientes:

1.- Es muy posible que el piso no esté ni pueda estar (a corto plazo) en condiciones de habitabilidad, por lo cual es posible que el contrato sea nulo de pleno derecho.
2.- El pago adelantado de un año es ilegal, y viene prohibido por el art. 17.2 LAU94, a cuyo tenor: “(...). En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta.”. Sólo por eso ya tendrían los inquilinos derecho a que le devuelvan la parte restante de la renta de un año que han pagado.
3.- Por otra en los contratos celebrados a partir de junio del 2013 el inquilino puede irse libremente pasados los primeros seis meses, lo cual es casi ya. Sólo tendrían obligación de pagar una indemnización equivalente a un mes de renta por cada año que quede hasta cumplir el plazo pactado de duración en caso de que se hubiera pactado en el contrato (lo que supongo que no es el caso). Como parece ser que los inquilinos querían irse al mes, le quedaban por pagar 5, es decir 1250 euros, pero Ud. le ha “perdonado” dos meses, con lo cual sólo tendrían que pagar 1000 (los restantes 4 meses). Como le entregaron 2500 lo que debía devolverles era los 1500 restantes, no 700.

Conclusión:

1.- Si bien es cierto que ha llegado Ud. al acuerdo de que se vayan devolviendo “sólo” 700 euros no creo que pueda demandarlos porque no se van, ya que dicho acuerdo de desestimiento es ilegal por no respetar los importes del art. 11 LAU94.
2.- Tampoco hay desahucio por falta de pago, ya que en realidad ellos han pagado por adelantado. En todo caso (aunque le parezca mentira) son ellos quienes podrían demandarle a Ud. por cobrar por adelantado.
3.- No creo que pueda demandarlos por no hacer las obras, ya que las irregularidades son tantas que difícilmente podría triunfar la demanda.
4.- La solución legal menos mala es la siguiente: recalcule correctamente la indemnización que tiene derecho a cobrar, es decir, en lugar de devolverles 700 euros devuelvale otros 800 hasta llegar a los 1500 que es a lo que tienen derecho los inquilinos. Deje pasar un mes más hasta llegar a los 6 meses (fecha en que pueden irse los inquilinos por permitirlo la LAU94). Si al mes 7 no le pagan entonces podrá interponer una demanda de desahucio por falta de pago, pero no antes.
5.- Mi consejo personal: además de lo anterior intente lleguar cuanto antes a un acuerdo con los inquilinos para que se vayan y no alquile de nuevo la casa en tanto no obtenga la cédula de habitabilidad.
07/01/2017 12:49
beretinho
Gracias por la respuesta. Y si dejase pasar el año entero? No me es posible devolverles los 1800€, que no 800, seguirían teniendo derecho a que se los devolviese?
Por otro lado, aunque les devolviese los 1800€, visto cómo han actuado, no creo que fueran a abandonar el piso. A mi, recuperar el piso no me urge, sólo quiero arreglar la situación.
Podrían quedarse en el piso hasta que les venga bien o no irse nunca? Una cosa es que no me urja y otra muy diferente es no poder recuperarlo.
Gracias de nuevo.
07/01/2017 14:08
beretinho
A mayores, ya habíamos llegado a un acuerdo por el cual yo les devolvería 700€ primero y el resto una vez abandonado el piso.
07/01/2017 15:30
beretinho
Si, esa es otra opción: esperar el año entero y luego, si no pagan, pues interponer una demanda de desahucio por falta de pago.
Pero desde luego quédese tranquilo que siempre va a poder recuperar el piso.
10/01/2017 16:35
beretinho
Con la ley actual, sí, recuperará el piso cuando pase 1 año desde que ponga la demanda. Para entonces, el piso vete a saber cómo estará.