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Enfermedad profesional policia

1 Comentarios
 
17/05/2006 09:32
Respecto del cambio de turno:
Habría que saber la normativa específica, la de vuestro ayuntamiento, en lo tocante a turnos.
También habría que saber si la RPT recoge los turnos de trabajo o no.
Y por último habría que saber el alcance de la delegación de com petencias que le ha hecho el alcalde. Por cierto que si no me equivoco, una delegación de competencias ha de ser un documento público.
Fuera de esto, la organización del trabajo es competencia de la empresa, en este caso del ayuntamiento. Eso sí: ha de informar a la Junta de Personal.
Respecto de la enfermedad profesional:
Yo pienso que puede ser considerado accidente laboral, pero acudid a un abogado especialista en derecho laboral. Por lo general, las asesorías jurídicas de los sindicatos suelen ser buenas y baratas.
Respecto de la conducta del cabo:
Si no ha habido algo más, tal como amenazas o insulrtos, a mi me parece que la mera "malafollá" no es punible... o todo mi pueblo estariamos sancionados.

Suerte
Enfermedad profesional policia
17/05/2006 01:21
Hola, agradezco enormemente a quien me alumbre un poquito en un problema que tenemos otro compañero y yo.
Soy policía local de Tenerife y en nuestra plantilla somos 12 compañeros. Pues bien el jefe, a otro compañero y a mí, que le somos un poco reivindicadotes, nos ha sacado del turno y nos ha puesto a dedo a un horario distinto al que llevamos ocho años. Como excusa nos dice que el alcalde le ha autorizado a él a nombra los servicios como mejor convenga.
A pesar de que le habíamos advertido de que no estábamos de acuerdo y que si no negociaba con nosotros, no lo íbamos a aceptar, lo ha hecho y por ello a mi compañero le ha dado un ataque de nervios y se le ha subido la tensión arterial por las nubes. Sin embargo, ha ido al seguro de accidente y le dicen que eso no es enfermedad profesional y que vaya a su médico de la Seguridad Social.
Dos cuestiones les planteo:
1) No puede ser la conducta del Cabo Jefe perseguible en vía penal y/o sancionable en expediente disciplinario.
2) Existe la enfermedad profesional de este tipo el haberle provocado una crisis nerviosa con hipertensión. ¿O hay que esperar a que ocurra una desgracia y luego actuar en contra de este tipo de gente?.
Gracias anticipadas.