Buenos días necesito ayuda. Resulta que en 2012 empecé a trabajar en la construcción con plenas facultades en 2014 me da un dolor en el pecho con un martillo compresor y me llevan al hospital creyendo que era un falso allí me dice que era debido a una hernia discal en dorsales. Continué trabajando y en 2016 me vuelve a dar ese dolor y en la mutua me dice que es una contractura desde ahí hasta el día de hoy sigo teniendo dolores y continúa siendo hospital y mutua. Hasta que decido hacerme una resonancia privado donde aparece hernias en cervicales dorsales lumbares y sacras. La empresa Me mantiene hasta finalización de contrato aunque esté de baja.
Una vez finalizado el contrato me despiden. Mi sorpresa es que la mutua me dice ahora que como soy despedido paso a cobrar mi paro mientras que esté de baja.
Hoy día continuó estando de baja y siendo tratado por una neuro cirujana ya que los dolores no cesa y aparte estoy pendiente de una resonancia de la cadera porque la pierna derecha no puedo moverla. Necesitaría saber si esto es enfermedad común o profesional debido a que si estoy mucho tiempo de baja consumiré en mi paro y cuando me den el alta después de la operación si es que me operan no tendré nada.Tanto la resonancia del privado como la de la Seguridad Social son muy parecidas en la Seguridad Social pone incipiente protusion Disco osteofitaria C5 C6 central y D6D7De la de la lateralidad izquierda, signos de osteocondrosis lumbar, protrusión discal amplia L4 L5 y hernia discal L5 s1 Con mayor lateralidad izquierda. Esta es la conclusión del examen saltando muchos más puntos.Espero puedan decirme algo gracias
Hola. No soy médico pero por lo que explicas, para mí se trata de una enfermedad común pues tienes dolencias en muchas articulaciones.
En cuanto al cobro de la baja, efectivamente, cobras como si estuvieras en el paro tras el despido.
Ahora bien, si cuando te den el alta, te apuntas al paro ( siempre es muy importante estar inscrito) pero no pides cobrar el paro, en ese caso no te has gastado el paro. De tal forma que si al cabo de un tiempo trabajases unos días y te despidieran por no superar el período de prueba, tendrías el mismo paro que acreditabas al ser despedido ahora. Es decir el paro se descuenta si se pide el paro tras el alta pero, en caso contrario, no se ha gastado.
Saludos
A parte considero injusto que entrara a trabajar en perfecto estado y en 8 años este que casi no pueda andar y se considere enfermedad común pero bueno muchas gracias!!