Gracias también ABQ, pero en mi caso aún estoy tratando con de negociar con el banco las costas, supongo que sino hay algo lo suficientemente pesado para forzar la negociación me harán pagar lo que ellos quieran.
Hola Trípoli, cuando digo enervar me refiero a pagar la deuda, en mi caso 32052€ y me parece abusivo el importe de las costas. He leído en algún sitio que existe una sentencia del tribunal supremo que anula el derecho del banco a cobrar las costas, pero no tengo claro esto.
Gracias por responder.
Mi experiencia se reduce a un solo caso, hace años, al principio de la aplicación de la nueva LEC. En ese caso enervé la acción hipotecaria y no pagué las costas porque alegué que había habido mala fe por parte del banco. Se admitió la enervación sin costas. Pero pienso que los intereses y las costas en principio habría que abonarlas para que se produzca la enervación. Habría que estudiarlo. Creo recordar que era el art. 693 ¿no?
¿Qué quieres decir con enervar? a.- ¿Abonar la deuda?, b.- ¿Presentar al banco una propuesta hipotecaria de otra entidad?; c.- ¿otras posibilidades?.
La L.E.Civil utiliza el término "enervar" sólo en desahucios por falta de pago de las rentas; (el demando puede abonar las rentas que debe, sólo una primera vez, quedándose en la situación que se encontraba y archivándose el procedimiento de desahucio).
Las minutas de Abogado y Procurador deberán adecuarse al momento en que se encuentre el procedimiento.
Hola, me gustaría saber si tengo que cargar con las costas del abogado y procurador del banco si enervo la hipoteca y si es así me quieren cobrar 5203€ por el abogado 3190 procurador por 32052€ de cuotas impagadas.
Gracias de antemano
P.D. Urge!