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Enervar desahucio. impago ibi sin concreción de cuantia en el contrato.

2 Comentarios
 
perfil Jan
01/08/2011 16:03
Hola nausica. Busca jurisprudencia sobre el requisito de que el importe del IBI debe estar reflejado en el contrato. Encontrarás que hay dos corrientes jurisprudenciales. Además, si tus clientes ya han pagado en alguna ocasión el IBI, te aconsejo que te "empapes" de la teoría de los actos propios.

Recibe un cordial saludo

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http://letradosalquileres.es.tl
22/07/2011 11:19
¿Alguna opinión? Gracias.
Enervar desahucio. impago ibi sin concreción de cuantia en el contrato.
21/07/2011 16:24
Buenas tardes compañeros. Tengo una pequeña duda, acerca de unos clientes que me han llegado hoy con una demanda de desahucio que se les ha interpuesto por falta de pago de unas rentas. Os cuento, para ver si alguno me puede ayudar:

Los clientes deben dos meses del alquiler, en concepto estricto de rentas, y una anualidad del IBI. En el contrato, veo que se estipuló que la parte arrendataria asumiría el IBI. Pero!! NO se concretó la cuantía del mismo, requisito que creo debe figurar también para que la cláusula tenga validez, en el sentido de tener que hacerse cargo de este impuesto, si mal no voy, según la LAU.

Ellos tienen posibilidad de consignar las rentas debidas y consiguientemente, enervar antes de la vista, pero no para pagar el IBI. (es una cantidad elevada porque hablamos de una vivienda muy amplia y situada en una zona bastante cara). Mi duda es:

Si les aconsejo que consignen el importe reclamado menos la parte correspondiente al IBI y esta última cuestión la discuto en la vista, ¿cómo lo veis? Repito que el importe del IBI no figura expresamente indicado en el contrato de arrendamiento. ¿Podrían así enervar y ahorrarse el pago del impuesto? Si en la sentencia se estimara que tenían obligación de consignar también la cantidad del impuesto (por ejemplo, porque en los primeros años de duración del contrato sí lo abonaron, algo así como una aceptación tácita de la obligación, pues el IBI que se debe sólo es el último recibo), entonces, ¿se declararía sin más el desahucio por no haber consignado el total reclamado? Estoy un poco confusa...

Gracias de antemano a quien pueda responderme.