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Enervacion?

2 Comentarios
 
Enervacion?
27/10/2008 22:19
Cuando se entiende que se ha utilizado la unica posibilidad de enervacion en desahucio por imapgo de rentas?
a.- Cuando se presenta la demanda, aunque no haya sido notificada ni admitda a tramite? Si el arrendatario paga
b.- Cuando el arrendatario paga despues de haber sido admitida a tramite?
c.- Cuando el arrendtario paga una vez notificada la demanda?

grcaias
28/10/2008 16:55
El supuesto a), por que con la presentacion de la demanda se produce ya la litispendencia.
perfil Jan
30/10/2008 18:16
Hola Talion. Coincido con la respuesta del compañero proculeyo.

Un saludo.