Gracias de nuevo.El requerimiento se ha hecho vía Burofax con lo que cumple todos los requisitos de fehaciencia que exige la Ley.En caso de que pasen 2 meses sin que pague la inquilina, interpondré la demanda sin que pueda enervar.
Un saludo y felices fiestas!!!
Habitualmente no se exige a quien cumple todas las formalidades del requerimiento fehaciente realizar esfuerzos más allá del propio requerimiento, pues resulta imposible notificar a quien no desea ser notificado. Por ello, salvo circunstancias especiales (p.ej. un requerimiento realizado a sabiendas de que el inquilino se encuentra ausente), entiendo que no podrá enervar la acción si el requerimiento se realizó correctamente (con fehaciencia de contenido, depósito, aviso y no recogida).
Hola!
quisiera saber si se puede impedir al inquilino enervar la acción de desahucio en caso de que se le requiera con 2 meses de antelación a la demanda, pero aunque éste no haya recogido el requerimiento, y sí se le haya dejado aviso para recoger en la oficina de correos, porque entiendo que en este caso si no lo recoge es porque simplemente se niega a ser requerido formalmente.