Estimados compañeros, tengo un caso interesante. Como precedente, en un contrato de arrendamiento, hay una enervación de desahucio, habiendose presentado en la demanda el contrato de arrendamiento y las cantidades dejadasde pagar. Mi cliente, efectivamente reconoce que debe X mensualidades y enerva el desahucio, sin mas.
El mes pasado le llega nueva demanda de desahucio por cumplimiento del plazo. He aquí la cuestión, el supuesto contrato no es el que mi cliente considera vigente, ya que la contraparte alega que hay cesión de arrendamiento y yo lo voy a negar (no se dan los presupuiestos).
La enervación del desahucio anterior ¿se puede considerar admitidos los hechos en su totalidad? Es decir, ¿se puede considerar como un allanamiento o es unicamente un reconocimiento de deuda sin entrar en el fondo del asunto?. En este ultimo caso, se podría discutir sobre el contrato aplicable.
Mi opinión es esta última, pero mucha gente opina lo contrario.
Saludos
No se me ha planteado el tema, pero pienso como tu. Enervar no puede considerarse un allanamiento expreso, pues muchas veces se lleva a efecto unicamente por cautela, no porque se este de acuerdo con todos los terminos de la demanda. De hecho, hace años tuve un asunto en el que consigne y solicite que no se considerara enervacion sino que habia existido mala fe por parte del arrendador. El juicio se desarrollo unicamente para ver si habia mala fe y no enervaba, sino que solo pagaba, o no habia mala fe, en cuyo caso si que enervaba.
En esa linea voy yo ABQ, puedes comparecer a la Vista para discutir si el pago es puede considerarse enervación o no, pero sin entrar en todas las consideraciones a alegaciones que se hace en la demanda.
Un saludo.
Seria interesante que alguien pudiera aportar jurisprudencia en uno u otro sentido. Yo busco y no encuentro nada. Cuando encuentre algo lo pongo.
Un saludo