Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Encuesta jurídica 2

11 Comentarios
 
Encuesta jurídica 2
28/11/2005 18:45
Si un comunero no asiste a la Junta en la cual se aprueban los presupuestos anuales, y no es notificado del resultado de los acuerdos ¿Se le puede considerar moroso aún no habiendo ni el acta ni la notificación de dichos acuerdos?

¿Obligan o son inoponibles aquellos acuerdos que no han sido notificados, a pesar de que sean ejecutivos?
28/11/2005 18:46
(corrección de error)

Si un comunero no asiste a la Junta en la cual se aprueban los presupuestos anuales, y no es notificado del resultado de los acuerdos ¿Se le puede considerar moroso aún no habiendo RECIBIDO ni el acta ni la notificación de dichos acuerdos?

¿Obligan o son inoponibles aquellos acuerdos que no han sido notificados, a pesar de que sean ejecutivos?
28/11/2005 20:43
Vicente, ya lo sabes: A lo que disponga SS, a no ser que estés dispuesto a llegar al Supremo.
28/11/2005 21:04
Coño, vicente manuel, parece mentira despues de lo que has leido aquíi que sigas dudando de la justicia, pagarás religiosamente como cualquiera; si no te has enterado, haber andado más listo; esto es la ley.
29/11/2005 10:22
Ahora en serio vicente manuel; parece que quieres indicar que en una reunión, sin previa notificación que se van a aprobar los presupuestos anuales, se toma el acuerdo ?es así¿
Entiendo que cualquier tema que no ha sido notificado en el tiempo reglamentario la correspondiente convocatoria, no tiene ningun valor a efectos de voto en una asamblea, ni siquiera en el manoseado capitítulo "Ruegos y preguntas".
La ley previene en el artículo 13/2; "Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes".
Leete tambien el articulo 15.- La Junta de Propietarios (además de los caciques, también la masa borreguil y el resto si quiere, si son convocados en tiempo y manera y no se equivocan de buzon, como es habitual) La Junta de propietarios se reunirá por lo menos una vez al año para aprobar LOS PRESUPUESTOS Y CUENTAS
.... La convocatoria la hará el presidente o.... CON INDICACION DE LOS ASUNTOS A TRATAR....
?VALE¿ ?que hacen los jueces cuando se les denuncia irregularidades de esta índole¿ Pues casi nada, por no decir nada ; he visto sentencias que vale todo, reuniones de escalera, decisiones ilegales de presidentes y administradores, palabras entre dientes, ect. lo UNICO QUE INTERESA a los jueces es que los COMUNEROS
PAGUEN, PAGUEN O PALO Y AQUI SI QUE HAY JURISPRUDENCIA HERMOSAN Y ARTICULOS DE MAGISTRADOS VERDADERAMENTE EJEMPLARES; el resto no está escrito en la ley.
29/11/2005 22:52
Pero bueno David, cuando pones

"?que hacen los jueces cuando se les denuncia irregularidades de esta índole¿ Pues casi nada, por no decir nada ; he visto sentencias que vale todo, reuniones de escalera, decisiones ilegales de presidentes y administradores, palabras entre dientes, ect."

pero si ya lo sabes, leñe, yes que me vas hacer soltar tacos. Pero si es lo de siempre, a lo que disponga SS, pero con el principio básicop:
Al Propietario y al gorrión, pues eso leñe, Polvora y Perdigón.
29/11/2005 22:58
Y si alguno cree que puede luchar contra eso, le recuerdo que SS se han blindado (y hasta donde mi cabal conocimiento llega sin pasar por el Parlamento): Para poder denunciar a SS por prevaricación, y les recuerdo a quien corresponda que las denuncias antiguas por ello no han prosperado (Jesús del Gran Poder aparte que es además moderna). hace falta ahora la firma de Letrado en Ejercicio.

Si encontrais un Letrado que se atreva, me lo decís.
29/11/2005 23:16
Confío que algún día este foro logre suficiente audiencia y notoriedad entre los sufridos propietarios; aprendí de hombres sabios hace muchos años, que para poder lograr los propositos en cualquier orden en la vida, hay que ser honrado, perseverante y vehemente, desde luego que no te harás rico pero disfrutarás de tu trabajo; hay que hacer labor de apostolado; me conformaría que solo un 5% de los lectores "propietarios" utilizaran nuestras experiencias provechosamente y dieran "caña" a aquellos que con fines propios extorsionan a la colectividad.
30/11/2005 10:24
La respuesta es SÍ.

Sin embargo en esas condiciones no pueden reclamar judicialmente.
30/11/2005 10:49
Grácias DickTurpin. La pregunta tenía mala leche.

Un saludo.
01/12/2005 11:34
Pero si el nuevo acuerdo, supone un aumento de la cuota del año en curso, con respecto a la del año anterior, ¿que posibilidades tiene el propietario no asistente, de conocer la cuota actual si no ha recibido el Acta y tampoco se le ha notificado la nueva cuota aprobada?.
01/12/2005 12:02
Lexis, bienvenido al Club.