Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Encubrimiento y ocultación judicial.

17 Comentarios
 
Encubrimiento y ocultación judicial.
29/08/2009 20:06
¿Cómo se denomina el hecho (o delito) que se comete cuando una persona que solicita abogado de oficio, no se le cominique su designación y se lleve tramitando su denuncia desde hace 2 mesessin conocimiento para la misma? ¿Increíble? ¡¡Ha ocurrido hace escasos días!!

¿Ante quién es denunciable, directamente?
30/08/2009 19:27
¿Quien, como y cuando se solicitó el nombramiento de abogado de oficio?.
30/08/2009 20:02
Hola
Acriton.

1º- Denunciante. una mujer

2º- Juzgado: Instrucción

3º- Causa: Denuncia contra un alto cargo, ex-fiscal jefe.

4º- Resultado. Archivo y Sobreseimiento sin motivar de la denuncia porque ese Juzgado dice que contra ese imputado no cabe recurso alguno ????????? Esta resolución se emite 11 meses después de interponerse la denuncia.

5º- Solicitud de Letrado de oficio y Procurador ante ese mismo Juzgado para interponer el recurso de reforma y de apelación, la denunciante reúne los requisitos para ello, solicitud realizada al día siguiente de comunicarse la resolución oficialmente.

6º- Ocho meses después de su solicitud, la denunciante, vía Madrid, se entera fortuitamente de que un supuesto recurso de apelación sobre su denuncia se está tramitando a sus espaldas, del supuesto recurso de reforma y de apelación nada le han comunicado y al parecer se encuentra ahora mismo en la Audiencia Provincial, tampoco se le ha comunicado la identidad del Letrado y del Procurador

si necesitas más información, adriano19677@hotmail.com
02/09/2009 13:27
Si es un alto cargo quizás el Juzgado inició la instrucción y al enterarse de que era alto cargo dictó auto de inhibición con el visto del fiscal y fue derivado al TSJ que es el que debe instruir. Lo práctico es ir a preguntar al TSJ y personarse allí.
02/09/2009 13:51
¡Qué va!! según dicen lo tiene en la Audiencia Provincial.

sin conocimiento de la persona que solicitó Letrado y Procurador por el Turno de Oficio, ¡no le han comunicado ni quiénes son esos profesionales!
02/09/2009 17:54
En tal caso supongo que el Juzgado dictaría auto de sobreseimiento provisional, se admitió la solicitud de asistencia jurídica, el colegio de abogados nombró abogado que presentó recurso de apelación contra el auto de sp. Es el abogado del turno el que tiene que comunicarse con el cliente que le ha sido asignado, y también la comisión de justicia gratuita comunica al ciudadano el letrado que le tocó, el Juzgado no comunica nada. Una vez designado las actuaciones se entienden con el letrado.
03/09/2009 21:31
PipelineR, nada de eso ha ocurrido, a la denunciante no se le ha comunicado nada, ahora lo tiene metido en el CGPJ a la espera de depurar responsabilidades, ¿cabe alguna acción más ante otr órgano como la Fiscalía General o tiene que ser la Provincial?

La denunciante solicitó Asistencia Gratuita y profesionales por el Turno de Oficio ante ese Juzgado, no ante el Colegio de Abogados, ¿da igual?

Es rocambolesco!!!
03/09/2009 22:22
La persona pide asistencia de oficio en el Juzgado pero esa petición sólo suspende el procedimiento, la documentación de que reúne los requisitos la presenta en el servicio del colegio, se le da un plazo, si no la presenta la comisión comunica al Juzgado para que levante la suspensión, si la presenta se le da traslado de la demanda al letrado por la comisión y ésta comunica la designación al Juzgado y al interesado y se levanta la suspensión, empiezan a correr plazos, el letrado ha de presentar recurso antes que se le pase y debe comunicarse con el cliente. El Juzgado en esto no toca bola, es un mero transmisor de la solicitud. La queja no debiera haber sido contra el Juzgado sino en su caso ante el letrado o la comisión. Por eso esa queja se archivará.
04/09/2009 07:17
PipelineR, la denuncia fue contra un ex-fiscal jefe de aquí.

Vía Madrid se le comunica a la denunciante que su recurso está siendo tramitado en la Audiencia Provincial SIN CONOCER NI A SU LETRADO NI PROCURADOR, nada se le comunicó, ¿responsabilidad? ¿del Colegio de Abogados?
04/09/2009 13:34
El letrado debió ponerse en contacto con la persona, la comisión de asistencia jurídica del colegio de abogados tuvo que llamar a la persona y la persona ponerse en contacto con el letrado designado. El Juzgado se limita a tener personado a dicho letrado.
04/09/2009 13:45
Disculpa PepelineR.

La denunciante no ha recibido ni una sola notificación de Colegio o Juzgado alguno, al respecto.

¿qué procede hacer y ante quién?

Gracias.
04/09/2009 13:46
Me refiero ante las posibles responsabilidades adquiridas,
04/09/2009 17:58
No veo qué responsabilidad hay. Al Juzgado se le puede imputar retraso, pero tal y como está la justicia en España... Al letrado no haber comunicado su designación al cliente y a la Comisión por lo mismo. De todas formas ya el letrado presentó la apelación así que no veo mucha materia para reclamar nada a nadie.
04/09/2009 18:41
Pero se está tramitando ese recurso sin conocimiento de la denunciante, ¿es normal? A dái de hoy aún no ha recibido notificación alguna.

Huele a puecherazo, debido a la identidad del imputado que trabajó durante 30 años en la Audiencia Provincial como Fiscal-jefe
06/09/2009 01:52
Pues "el pucherazo" ha sido en el Colegio de Abogados, ellos deberian haber comunicado el nombre del abogado a quien lo pidió...tambien el mismo podia haberse puesto en contacto con esa persona... el juzgado ahi ni entra ni sale... una vez comunicado el abogado, le dejarian la causa para que la estudiase y asi presentar el correspondiente recurso..como al parecer asi ha sido...

Lo que no entiendo es eso de que contra ese imputado no cabe recurso alguno...


Que fundamento dio el juez para el archivo de las diligencias?
06/09/2009 10:25
Hola de nuevo.

El Juez alega una Ley de la propia Procuraduría del Común de Castilla y León (cargo actual de ese ex-fiscal jefe) que reza: "contra la figura del Procurador no cabe recurso alguno" se entiende administrativamente pero ante el Juzgado somos todos iguales ¿no?

Sólo el Rey es inmune, creo ...

Ese Juez después de resolver con esa "chorrata" ilegal manifiesta ser incompetente, bien, pero ¿no está obligado ese Juzgado "no competente" dar traslado de toda la documentación al Juzgado, Sala o Tribunal que SÍ es competente.

Estoy muy interesado....

Gracias.
06/09/2009 20:04
Lo práctico es que la denunciante pregunte quién es su letrado en El Colegio, le llame y le explique el estado de la causa, porque creo que está mezclando unas cosas con otras y viendo conspiraciones donde probablemente no las haya. Es posible que se haya producido algún error procesal en la forma de la resolución (auto de sobreseimiento libre y archivo en vez de auto de inhibición) que el letrado esté intentando remediar en apelación.
06/09/2009 20:18
O.K. PipelineR

Caso de inhibición por "no competente" ¿ante qué jurisdicción procede dar traslado dicha denuncia?