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encuadre de sujetos en regímenes

5 Comentarios
 
Encuadre de sujetos en regímenes
31/10/2010 21:04
Hola, me gustaría saber en donde encuadrar estos sujetos en los diferentes regímenes.

el sr. A", es dueño de una tienda de productos del campo, Junto a él, su esposa le ayuda todas las tardes.

el sr. B" soldador de profesión, es enviado por su empresa fetsol fulano SA, a Argelia para participar en la construcción de un gaseoducto. A los 3 meses de estancia en dicho país sufre un accidente al quemarse con la electrógena.

el sr. C", después de haber perdido su último trabajo en España (De 24 meses) ha ido a trabajar a Cánada. En diho país ha trabajado un año y ha recibido prestaciones por desempleo durante 6 meses. Al extinguirsele la misma, desesperado, regresa a nuestro país.

la sra. D", hermana de la congregación del Monte de las Tres letras y de la Santisima trinidad y esposa del señor, trabaja en el orfanato de la misión junto con el párraco de la iglesia de la Sagrada Razón, Sr. E, célibe.

la sra. F" es jueza suplente.

el sr g y la señora H son hermanos emprendedores y trabajadores. La segunda de ellas, con el permiso de su padre, empieza a trabajar en la cooperativa oleicola "la grasienta" El primero con el permiso de su madre, trabaja con su padre en el latifundillo (IBI 500 €) que este posee en la comarca de la Axarquia, en la que se dedica al cultivo experimental del aguacate light.

el sr. k se dedica a llevar a pastar vacas a una finca.

el sr. U, se encarga de transportar las frutas que han sido recolectadas, y las lleva a un almacén, por los alrededores trabaja su primo que es guardabosques de EGMASA.

sarah, de 35 años es una estudiante marroquí de la universidad de Málaga.

la sra. I, y el sr. J después de conocerse en la misma empresa se han casado. La primera es auxiliar adtva. El segundo es técnico especialista: se encanrga de coger los huevos más gordos de las gallinas de su empresa (es decir los de categoría XXL). Dos meses más tarde, al marido le ofrecen trabajar, y lo acepta, recogiendo la resina de la meta de pinos que les correspondiera. El Sr. K, padre de la sr I, trabaja en su finca cultivando naranjas medicinales.

En la traiña de Pedro enrolados tres marineros, un motorista, un lucero y el mísmisimo Pedro. La embarcación tiene un tarado de 28tn y los anteriores cobran de la siguiente forma: 1/2 el armador, 1/2 la tripulación, de forma que parte 35 partes se lleva el patrón, 25 partes el motorista, 15 partes el lucero y 12,5 partes cada marinero. El sr L, hermano de pedro, es el redero de la embarcación.

El sr. II es socio de una sociedad comanditaria y trabaja para la misma

El sr. M es socio de Teléfonica (tiene 10 acciones) y trabaja para la misma instalando redes.

La sra N, es socia de la empresa SO, S.A, pero no desempeña funciones en los órganos de admon de la misma. Trabaja en la misma pero no tiene salario sino participación en las ganancias sociales.

La Sra Ñ es hermana de la anterior, pero trabaja en la empresa recolecciones de túberculos SL, y tiene el 58% del capital social.

bueno pues estos son los supuestos, me gustaría que me ayudaseis, y me dijeseis en que régimen se puede encuadrar estos supuestos. gracias. a ver si coinciden vuestras respuestas con las mías. Gracias.

saludos.
01/11/2010 11:45
¿Lo has intentado seguro? Porque es curioso que tras un finde largo, vengas a un foro para que te resuelvan la práctica universitaria.
Sería preferible que pusieras tus respuestas, y no que te las demos sin más.
01/11/2010 19:02
a ver, si no os he hecho llegar mis respuestas ha sido para no condicionaros,

estas son mis soluciones.

caso a. (RETA)
caso b. régimen general.
caso c. régimen anterior que tenía antes de irse al extránjero?
caso d. RETA para religiosos
caso f. Régimen especial de funcionarios. (jueces y magistrados)
caso sr. g y sra. h, RETA para cooperativas.
caso k. trabajadores agrícolas?
caso sr. u. RETA.
caso. (estudiante) Régimen especial de estudiantes
caso. sra I y el sr. J, trabajadores agrícolas.
caso traiña de PEDRO. trabajadores del mar. (RETMAR)
caso SR II. Régimen general.
caso SR. M. Régimen General.
caso SR Ñ. reta)

me gustaría que me indicaseis los errores que a buen seguro habré tenido, gracias.

saludos.
01/11/2010 21:00
Está difícil... A ver, porque hay algunas que no tengo nada claras.

A. RETA, y la esposa como coloboradora de la actividad (RETA también). Arts. 2 y 3 Decreto 2530/70.

B. Esto es Seguridad Social Internacional. Primero tendrías que ver si existe convenio entre España y Argelia en Seguridad Social. Si no lo hay, la empresa puede optar entre cursar la baja en España, y el alta en Argelia, o; mantener al trabajador como asimilado al alta en el Régimen General (la situación de asimilación la tienes contemplado en el art. 36 RD 84/1996). La opción comentada creo que está en una Orden Ministerial por ahí, "perdida de la mano de Dios".

C. Aquí similar, ya que también es Seguridad Social Internacional. Tendrás que estar a si existe o no convenio entre los países en materia de desempleo.
En este caso no tendría derecho a prestación por desempleo, ya que ha percibido desempleo en el país extranjero (art. 208.1.5 LGSS). Y si tampoco existe convenio al respecto, podría acceder al subsidio de desempleo (art. 215.1.1.c LGSS). Por tanto, se encontrará en situación asimilada al alta en el Régimen General (art. 36 RD 84/1996).

D. Creo que estaría excluída del sistema de la Seguridad Social, y sólo si se cumpliera los requisitos del RD 487/1998 y RD 2665/1998, estaría encuadrada en el RETA sin más (nada de religiosos o coletillas varias).

E. Aplicación de lo comentado para el punto D., pero si tuviera que estar encuadrado sería en el Régimen General.

F. Los jueces interinos se encuentran como asimilados, en el Régimen General (RD 4/2006).

Luego sigo..., pero he de advertirte que el Régimen Especial de Estudiantes no existe (si lo has sacado de un libro, quémalo).
01/11/2010 23:41
otros supuestos, RELACIONES DE TRABAJO DE CARÁCTER ESPECIAL - art. 3 ET.

La sra O, María, para los amigos, es socia trabajadora que pertenece a los órganos de admon de un lupanar llamado julia, pero sólo a los efectos de deliberación y consejo. Su hermana la sra P, que la anterior, hace lo mismo pero en los órganos de admon su función es de dirección y gerencia.

RG / RETA

el sr q, es personal de alta dirección de la empresa FETSA, distribuidora de bonito del Norte, es el gerente. El sr. R. Primo del anterior, también es personal de alta dirección integrado en el órgano de administración, sólo a efectos de alta dirección.

RG / RETA (AMBOS CASOS)
La sra. g, es socia de bolsa de inversiones SA, es una simple miembro del consejo de admon. Su padre es el sr. T, pero tiene un contrato de trabajo de alta dirección como director financiero, y su tío el sr. U, también es accionista, director de marketing y además miembro del consejo de admon.

la sra G, si ostenta un puesto de mero vocal dentro del consejo, se la encuadraría en el RG. El padre, se le encuadraría o en el RG o en el RETA? Y el tío igual (rg / reta)

La sra. V, con 18 años, es trabajadora a tiempo parcial de una pizzería donde reparte con una moto de su propiedad.

(reta).?

el señor J, es el sacristan laico de la iglesia de El Salvador.

entiendo que desempeña su función sin haber un contrato de trabajo de por medio, sin cobrar un duro sin por tanto cumplirse los requisitos necesarios para entender esta relación como una relación contractual - no se le encuadra en ningún régimen.

El sr E. Jugador de fútbol de regional preferente, entrena 2 horas diarias y el domingo juegan el partido. Le dan 200 € al mes, en compensación de gastos y 200 € más por partido ganado.

el Sr. R reparte bombonas de butano con el camión de la compañía, su hno también pero el camión no es suyo.

(reta)

El Sr. Ñ se dedica a la extracción de mariscos. Su primo y 3 amigos son bolicheros o echan el copo para vender pescado por las calles.

(retmar)

La Sra F, trabaja desde hace 2 años a tiempo completo en una casa para realizar labores del hogar, con ella trabaja su hna que va una hora al día y su marido que es el chófer.

régimen especial de empleados del hogar (todos los casos)

la Sra T, de 16 años, es hija de padres separados, ella convive con su madre y con el permiso de esta, va todos los sábados de 10 a 13 horas para limpiarle el piso a su padre, el a cambio le da una retribución de 200 € al mes.

en este caso estamos ante un relación laboral de las catalogadas como especiales y no da lugar encuadre alguno en ningún régimen.

CUANDO SE TENGA DUDAS SE PUEDE DECIR LO QUE MARQUE EL CONVENIO COLECTIVO? -

GRACIAS

Saludos.
03/11/2010 03:33
Seguimos...

G. Permiso de la madre, ¿es menor? Entenderemos que el padre estará en el SETA, si cumple los requisitos de la Ley 18/2007 o en el RETA. En cualquier caso, el hijo, si es menor de edad, no puede ser encuadrado en el mismo régimen del padre, por tanto, si es menor de 16 años, estará excluido del sistema, y si es mayor de 16 estará encuadrado en el Régimen General con exclusiones (DA 3º Ley 18/2007 y DA 10º Ley 20/2007).

H. Con permiso del padre, ¿es menor? Siendo socia trabajadora de una cooperativa, estará encuadrada como asimilada a trabajador por cuenta en el Régimen General o en el Régimen que corresponda atendiendo a la actividad de la cooperativa, o en el RETA, según opte la cooperativa en sus estatutos respecto a todos sus socios (aunque sea menor puede estar encuadrada en el RETA, es una excepción) (DA 4º LGSS).

K. Tiene una explotación ganadera, no agrícola, por tanto RETA (ni se plantea el encuadramiento en el SETA a tenor de su actividad, y el REA por cuenta propia no existe ya).

U. ¿Por qué RETA? Si no se está en el supuesto de la DA 11º Ley 20/2007, estará encuadrado en el RG.

Estudiante. El Régimen Especial de Estudiantes no existe, ¿tú crees que cotizas a la Seguridad Social mientras estás estudiando? Va a ser que no...
Estará excluida del sistema. Tan sólo tendrá cubierta la asistencia sanitaria por el seguro escolar (que no es un régimen en sí). Aunque la asistencia sanitaria también podría obtenerla por otro lado, a tenor de lo dispuesto en la LGSS de 1974.

I. ¿Trabajadora agrícola? ¿Por qué? En principio trabaja en una empresa como auxiliar administrativa, y desconocemos si tiene acciones o participaciones de la misma o convive con personas que las tenga, por tanto RG.

J. Tampoco es un trabajador agrícola. Este supuesto es difícil para el nivel universitario... El trabajador J estará en el RG, perteneciendo al Sistema Especial de la Industria de la Resina (Orden de 3 de septiembre de 1973).

K. Mismo supuesto que el padre de G y H.

Pedro. Correcto, Régimen Especial del Mar (REM), pero no como trabajador por cuenta propia, sino por cuenta ajena (art. 3 Decreto 1867/1970 y Decreto 2864/1974).

II. RG.

M. RG (art. 97.2.a LGSS).

N. RG (art. 97.2.a LGSS).

Ñ. RETA (DA 27º LGSS).

El resto de supuestos a ver si te ayuda otro forero...

Por lo que respecta a la coletilla, que en caso de duda, lo que marque el convenio colectivo, no es correcto, ya que el convenio no establece nada respecto a encuadramientos (no tiene que existir duda).