¡Hola!, mi duda es la siguiente: sociedad participada en un 52 por una persona jurídica, 24% persona física y el resto (24%)otra persona física, ¿en que régimen debo encuadrar a éstos dos últimos?. No van a ser administradores. Gracias de antemano
Cuando un socio capitalista no es administrador, trabaja para la sociedad, y tiene menos de 1/3 de las participaciones, es decir, menos de un 33%, se les encuadra en el Régimen General.