Gracias Candela por tú respuesta. Es lo que yo pensaba, la duda se me plantea porque el art. 21 de la LSL dice "estarán incluidos en el RETA los socios trabajadores cuando su participación en el capital social, junto con la de su cónyuge alcance al menos el 50%, SALVO QUE ACREDITE QUE EL CONTROL EFECTIVO DE LA SOCIEDAD REQUIERE EL CONCURSO DE PERSONAS AJENAS A LAS RELACIONES FAMILIARES" ¿se puede entender que es éste caso, puesto que para tener el control efectivo un matrimonio necesita del otro?.