Según los art. 23 y 31 de la Lec, no es precpetiva la intrevención de abpgado y procurador en los verbales de menos de 2000 euros. mi pregunta es si como demandados, se puede ir CON abogado pero SIN procurador.,o ir con un profesional exiige el otro. gracias!
En los juicios en los que no es preceptiva la intervención de abogado y procurador, usted puede acudir con abogado, sin que por ello está obligada a acudir con procurador.