Hola, llevo de inquilina casi 6 años, los 5 de contrato inicial que se hicieron en 2012 y casi un año de prorroga automatica anual... la pregunta es:
En la nueva ley los contratos son de 3 años y 1 año de prorroga automatica y AMBAS partes pueden comunicar su intencion de no renovar 30 dias antes de finalizar la prorroga....
En la antigua ley eran 5 años y hasta 3 prorrogas automaticas anuales y SOLO el arrendatario podia comunicar su intencion de no renovar 30 dias antes de finalizar cualquier prorroga anual....
Si mi contrato es anterior a esta actualizacion.... prevalece la antigua ley o las actualizaciones tambien repercuten en contratos anteriores???
Despues de finalizar un contrato o una prorroga, el propietario puede modificar el precio mensual del aquiler???o ha de prevalecer el precio del contrato inicial??
muchisimas gracias a todos por su gran labor
les ruego repuesta
un abrazo
estoy estancada en este punto y no se como avanzar con la disputa con mis caseros y necesito urgentemente una respuesta. por favor me pueden ayudar?? muchas gracias y disculpas por insistir
1.- prevalece la Ley anterior.
2.- No puede cambiarse la renta unilateralmente solo porque quiera el casero, SALVO que haya un acuerdo entre ambas partes.