Buenos dias,
Firmé contrato de arrendamiento el 01 de Septiembre de 2017, por tres años. Creo que en esa epoca la prorroga era de 1 año, por lo que supongo que mi contrato venció el 31 de Agosto de 2021.
En Junio de 2021 llamé a los dueños sobre si haciamos nuevo contrato, o querían que dejara la vivienda. Que me lo dijeran para ir buscando otro piso. Me dijeron que no había problema y que podía quedarme. Y he seguido pagando la misma renta.
Ahora me vuelve a surgir el mismo problema para el proximo Septiembre. Les he vuelto a llamar y me han dicho que puedo seguir. Que no me preocupara. Pero yo no se si a partir del 01 de septiembre de 2022 se cuenta un año, o en cualquier momento puedo recibir un escrito de que tengo un mes para dejar la vivienda.
Les he dicho de hacer un nuevo contrato, y me han dicho que no. Como tampoco me han subido el alquiler en todos estos años, aunque si viene en el contrato la actualización del ipc, ahí nos hemos quedado.
Habrá que leer en detalle el contrato, pero en principio le adelanto que tal como establece el Código Civil en su art. 1566:
"Si al terminar el contrato, permanece el arrendatario disfrutando quince días de la cosa arrendada con aquiescencia del arrendador, se entiende que hay tácita reconducción por el tiempo que establecen los artículos 1.577 y 1.581, a menos que haya precedido requerimiento."
En cuanto al plazo, la duración del nuevo contrato será anual si en el contrato inicial se fijó la renta de forma anual. Será mensual (la duración) si la renta se estableció de forma mensual. Y será diaria si la renta se estableció de forma diaria en el contrato inicial.
Pero convendría que un abogado lea en detalle todo el contrato, o bien que lo transcriba usted aquí para que podamos leerlo.