Interpreto que se es moroso, desde el mismo momento que deba una mensualidad.
En ese caso, si se convoca una Junta General, puede aparecer como moroso para no tener derecho a voto en la Junta.
Otra cosa, son las acciones que la Comunidad, quiera ejercer para recuperar la deuda.
En este caso, debe reconocerse la deuda en Junta General y autorizar al Presidente a que ejerza las acciones judiciales correspondientes para intentar el cobro.