Es cierto que si se despide a alguien dirante el mes de enero, se le pagaran las dos pagas extras anuales con el finiquito? Lo mismo respecto a las vacaciones anuales?
Si ello fuese asi, no me cabe dida que para trabajador, es mejor que lo despidan a principios de año, en cambio, desde el punto de vista empresarial, el despido saldria mas barato a finales de año siempre...alguien me confirma que el planteamiento es correcto?
Pero que burrada es esta?
Si le despiden en enero en el finiquito le tienen que pagar el salario correspondiente a los dias trabajados, asi como las pagas extra prorrateadas y nuevamente devengadas hasta la fecha y la parte correspondiente a las vacaciones generadas hasta la fecha y no disfrutadas , por lo que el resto de los meses ocurrirá lo mismo.
Esto que usted no tiene sentido alguno.
SMO
Pues si, yo también lo veo en cierto modo de esa manera, ahora bien, tras encontrarme con un caso en el que, habiendo procedido al despido a fecha 8/01/2016, en el finiquito se le incluye pagas extras del 2016, hace que realmente me lo plantee.
Además, me suena que había algo así como a lo planteado.
En cualquier caso, entiendo que la indemnización siempre se calculará sobre el bruto anual, dividido por 365 para saber cuanto es el sueldo diario, y luego se multiplicará por los correspondientes días que procedan según el despido, por los años trabajados.
Alguien me confirma ambos extremos?
Gracias!
Como que a 8 de enero del 2026 le incluyen las pagas extra querrá decir la parte proporcional correspondiente a esos 8 días incluso si una de las pagas es de devengo anual de comienzo el 1/7/2015 hasta la fecha del despido, esto seria posible pero lo otro es una locura.
Respecto al calculo estoy de acuerdo, es decir es correcto.
No, a 8 de enero de este año, y dentro del finiquito, se incluye la paga extra de verano de este año, y solamente la parte proporcional de la de navidad... Error de la empresa bajo mi punto de vista. Pero es mas, el trabajador obviamente firma la carta de despido con la colietilla de siempre (no conforme), a lo que la de RR.HH. Dice que con esa coletilla no le da los cheques con la indemnizacion.... Otro error bajo mi opinion de la empresa porque, ello le puede suponer que el despido se convierta en improcedente por no poner a disposicion del trabajador la indemnizacion.... Corrigeme por favor si lo ves incorrecto....
Pero como es posible? Si la paga extra de verano del 2016 no comienza a devengar hasta el 01/07/2016 y ademas que le devengan los 8 días de enero o le dan la de todo el año.
En cuanto a no poner a disposición del trabajador la indemnización al momento del despido por ese defecto se puede reclamar la improcedencia.
Respecto a lo de las pagas solo se entiende que se trata de un error sino no tiene ni pies ni cabeza.
Hola primitiva el mes más barato es enero te explico .te pagan lo que llevas ganado del mes por otro lado a no generar vacaciones no t las pagan y según la paga de extrema que que ellas generado que igual son 62€.si es improcedente según el tiendo que lleves trabajando t corresponde indemnización siempre que lo sea........yo tengo un caso parecido al tu yo.... si quieres leerlo es ta en despido de portero.