ok, pense que directamente te podias ir al contencioso, ya que la ley 6/2001 de universidades te dice que directamente ante la jurisdicción,.
gracias dark saten
gracias dark satan por tu respuesta, pero entonces como deberia interpretar la ley en su art.6 de Regimen Juridico,cuando dice:
las resoluciones del Rector......,agotan la via administrativa y serán impugnables directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992,....,.
HOla, soy una novata opositora para auxiliar de Universidad, y el otro dia tuve una duda, cabe algun Recurso contra las resoluciones del Rector de la Universidad, en la Ley 6/2001 de Universidades Publicas, crei entender que no cabe recurso , que se llevaria al contencioso-administrativo. Pero se lo pregunte a mi profesor y me dijo que si,,,,,y tengo dudas...,pues no es la primera vez que me falla..., aunque no es por que me crea que no sabe, todo somos personas y podemos equivocarnos, y me gustaria estar segura,,agradeceria que me lo aclararan y si puede ser con un ejemplito mejor,,,como ya digo soy nueva en todo este mundo... un saludo.