Según veo en el CCCat, la comunidad puede acordar en votación de las 4/5 partes de los propietarios con derecho a voto decidir sobre el uso de espacios comunes de uso privado.
Es decir, un balcón o terraza es común de uso privado según entiendo, por lo que la comunidad podría prohibir el uso de un bacón o terraza a su legítimo propietario? Aunque este espacio esté incluído dentro de la escritura de compra?