Lo que puede hacer es un testamento vital en notaría, regulando todos esos aspectos.
1º. No es necesario hacer testamento, si conveniente.
2º. Para la disposición del cadáver, testamento vital como le indico (es un testamento específico) y lo puede registrar en el servicio de salud pública para que se una a su historial. Si el cadáver no se reclama puede terminar en la Facultad de Medicina.
3º. El certificado de defunción siempre va a existir.
4º. Las autoridades toman parte dependiendo de cómo se produzca el fallecimiento o el descubrimiento del cadáver en su caso.
Un saludo.
Hola, quisiera saber qué ocurre exactamente cuando una persona fallece:
-¿es necesario hacer testamento?
-en caso de no haber hecho últimas voluntades, ¿algún organismo estatal se ocupa del cadáver? ¿en qué forma?
-¿los familiares tienen conocimiento del suceso obligatoriamente? ¿se les obliga a algo?
-si nadie solicita el certificado de defunción, ¿éste llega a existir?
-las autoridades (policía, etc.) ¿toman parte en el asunto obligatoriamente?
Espero que no sean demasiadas preguntas...