muy buenas noches empezare contado lo que me sucedio el pasado fin de semana, la verdad estube por la mañana en el caserio de un amigo disparando con la pistola de aire comprimido, es su casa y no hay problema, luego nos fuimos a tomar una barbacoa a islares, aparcamos el coche echamos las cañas como hemos echo mil veces, y resulto que vino la guardia civil, me pregunto si el coche era mio le dije que si, y se pusieron a registrar el vehiculo, encontraron en el maletero en una bolsa de deporte la pistola de aire comprimido, estaba metida en su funda de fabrica un maletin negro donde l tranporto, y se pusieron ya como locos me hicieron vaciar todo el coche y que vaciara yo los bolsillos y mi amigo tambien.
Yo llebaba mi permisode armas, tengo escopeta, y me dijeron que eso no era necesario que con un permiso del ayuntamiento valia, bueno pues vale, luego me pidieron la factura de la pistola, yo no sabia que tenia que llevarla encima, como no la tenia me quitaron el arma y me denunciaron.
me dieron una denuncia que yo no firme, por que no estaba deacurdo, el arma estaba segura en el coche para llevarla a casa, solo estaba tomando una barbacoa, pero en fin llamo por telefono al numero de laredo que me dieron, y les digo señores ya encontre la factura cuando tengo que presentarla, y me dicen usted esta denunciado por estar usando una pistola de aire comprimido si la licencia municipal, les digo pero que me cuentas si me dijeron que me faltaba la factura y la pistola estaba cerrada en mi coche, me dicen dentro de dos meses recibira una citacion alli alega lo que quiera, que puedo hacer?, mi permiso de armas en este caso sirve para algo?, si todo sale mal de cuanto seria la sancion?
Hola muy buenas.
No estoy muy al tanto del reglamento municipal de armas, quizas esa sanción se deba a algun reglamento foral, no me consta que se te pueda pedir sin más ni más la factura de compra de ese objeto.
Si ese objeto es considerado como arma reglamentada segun el articulo 3 del Reglamento de Armas el guardia civil debería haberle pedido su licencia de armas y haberlo comprobado.
Sinceramente me encantaria poder ver lo dispuesto por los agentes en la denuncia pq me parece un poco increible.
Lo antes posible contrate a un abogado para que acceda a esos documentos porque a mi entender su actuar no fue correcto. Los agentes creyeron correcto su proceder pero no fué así, tienen que informarle exactamente de lo que se le imputa, el motivo, a que articulo o reglamento hace referencia y dar una razón al motivo que les llevó a registrar su vehiculo.
A mi entender nada de esto se hizo, bastaria para poder evitar la denuncia con un buen abogado, pero claro, estamos en las mismas, usted tiene que gastarse de primeras un dinero. Lo único que puede hacer es informarse ante un abogado sobre lo que le saldría más rentable y la posibilidad de reclamar al ayuntamiento las costas del proceso en caso de reconocer la injusticia a su favor.
No tengo ni idea de a qué artículo hace referencia la denuncia llevada contra usted, solo me entra en la cabeza la posibilidad de que le hayan denunciado y retirado el arma reglamentada por el articulo 23 de la ley de seguridad ciuidana, lo cual será considerado falta grave según la misma y según el articulo 28 de la misma tendrá un importe de entre 300 y 30.000 euros de sanción. Pero me parece algo excesivo para la situación dada.
Le reitero que consulte con un abogado, yo no soy un profesional. Si desea consultar por su cuenta más información puede buscar la Ley Orgánica 1/92 de Seguridad ciudadana y el reglamento de armas, sobre todo el articulo 3.
Espero haberle ayudado, un saludo.
Ud tiene un permiso de armas, al decir que tiene escopeta, supongo que sera un permiso de armas tipo D, E o incluso F, que es lo de menos, porque le habilitara para tener armas de las categorias 2ª, 3ª, 4ª o la que sea según su tipo de licencia de armas, pero siempre armas largas.
Ud esta hablando de una pistola de aire comprimido, por lo tanto sería un arma corta de cuarta categoria.
Esta pistola de aire comprimido se podrá adquirir y tener EN EL PROPIO DOMICILIO, y para ello haría falta la declaración de la venta (factura) al ayuntamiento y la intervención de armas de la G.C., por eso le pidieron la factura del arma y por supuesto se la retiraron, ya que Ud no la podía portar, ni siquiera en ese maletín dentro del vehículo fuera de su domicilio.
Si la adquisición del arma (acreditado mediante esa factura) fuera de ese mismo día, pues sería lógico suponer que la transportaba desde le punto de venta a su casa.
Hay varios artículos del reglamento de armas por el que le podrán haber denunciado, seguramente, por lo que Ud dice, será el 157.e.2 por la omisión de informar de la tenencia al ayuntamiento e intervención de armas, sancionada con hasta 25.000 pesetas.
La actuación de la G.C., como casi siempre, fue completamente correcta, y lo que no fue correcto fue lo suyo, lo que me parece aún mas grave es que le parezca normal andar con una pistola por la vía pública, incluso en el maleter, incluso de aire comprimido, y más cuando Ud no es profano en temas de armas al tener un permiso de armas y no saber ni siquiera que tipo de armas ampara ese permiso.
Perdoneme si mi contestación no le ha gustado, pero me siento un poco alarmado por los casos de tenencia de armas que estoy viendo ultimamente y la naturalidad con la que la gente porta armas, aunque sean de aire comprimido.
Pues yo no voy a entrar en la temática del permiso de armas, los reglamentos municipales de armas, el porte de esas pistolas, etc.
A ver, Remis, no le parece curioso que la Guardia Civil, sin motivo aparente, se dirija a Vd. y le pregunte si el coche es suyo, justamente a Vd. y justamente registren su coche? ¿fue cuestión del azar que fuesen directamente a Vd.?
A mi me da la impresión que la utilización previa no fue tan inocente o tan responsable como indica, porque si así fue, ¡ vaya casualidad y mala suerte que tuvo!!
Pekest, no entiendo lo del proceso judicial y cargar las costas al ayuntamiento, lo del proceso porque parece prematuro hablar de él, ya que la vía administrativa acaba de empezar y lo de las costas porque quien inicia el expediente es la Guardia Civil.
Respecto a la intervención parece ajustada, la pistola de aire comprimido estaría encuadrada entre las armas de la 4ª categoría en el R.A.
Cuarta categoría:
1.- Carabinas y pistolas, de tiro semiautomático y de repetición; y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
2.-Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
Artículo 105.
1. Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4 fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente, mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso.
Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos.
Su validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.
2. Las armas incluidas en la categoría 4.2, se pueden documentar en número ilimitado con tarjeta B, cuya validez será permanente. De las comprendidas en la categoría 4.1, solamente se podrán documentar seis armas con tarjetas A cuya validez será de cinco años.
3. No obstante, la autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que puede poseer cada interesado como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran.
4. Los solicitantes de la tarjeta A deberán acreditar haber cumplido catorce años de edad, a cuyo efecto habrán de presentar documento nacional de identidad o documentos equivalentes en vigor.
5. La tarjeta de armas se expedirá en impreso, que confeccionará la Dirección General de la Guardia Civil.
En cada impreso se podrán reseñar hasta seis armas. Cuando se trate de tarjetas B y el número de armas exceda de seis, el interesado podrá ser titular de más de una tarjeta.
6. Del impreso se destinará un ejemplar al interesado; el segundo será remitido por la Alcaldía a la Intervención de Armas.
Artículo 156
b) La omisión, insuficiencia o ineficacia de las medidas o precauciones obligatorias para garantizar la seguridad en las fases de fabricación, reparación, almacenamiento, circulación y comercio de armas largas de ánima lisa o de otras armas cuya tenencia requiera licencia E, con multa de cincuenta mil una a cinco millones de pesetas. Si como consecuencia de la infracción se hubiera producido pérdida, sustracción o robo de armas, además de la multa, se impondrá la clausura de las fábricas, locales o establecimientos de hasta seis meses de duración.
f) La adquisición, tenencia, cesión o enajenación de armas por particulares, sin tener las autorizaciones o licencias prevenidas al efecto o la alegación de datos o circunstancias falsos para su obtención, con multa de cincuenta mil una a doscientas mil pesetas, si se trata de armas de defensa personal, de armas de vigilancia y guardería, de armas largas rayadas o de armas de ánima lisa.
Artículo 157.
Si no constituyeren delito, serán consideradas infracciones leves y sancionadas:
Las tipificadas en los apartados b) a f) del artículo anterior, referidas a armas blancas, de aire comprimido, o las demás comprendidas en las categorías 4 a 7, con multas de hasta cincuenta mil pesetas.
Artículo 159.
1. La competencia para imponer las sanciones determinadas en los artículos anteriores será ejercida por los órganos a los que se la atribuye el artículo 29 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, correspondiendo a los Gobernadores civiles y Delegados del Gobierno la competencia con carácter general para la imposición de sanciones por infracciones graves y leves, y a los Alcaldes para la sanción de infracciones leves relacionadas con la aplicación de los artículos 105 y 149.5 de este Reglamento.
Ahy no porfavor donde ocurre esto??? en espania?? NO LO PUEDO CREER! Pero estan viviendo un total regimen dictatorial!! En argentina y en chile por ej. los rifles de aire comprimido son considerados un juguete; venta libre y libre uso, solamente el uso indebido esta penado pero nada mas. Me parece que los de la guardia civil no tenian nada que hacer revisando tu auto no pueden agarrar a cualquiera que se les ocurra en la calle y revisarlo! es ilogico! Tenian una orden judicial? Estabas sospechado de atacar a alguien con el rifle? La verdad que no lo puedo creer el nivel de arbitrariedad que existe en tu pais si yo fuera EEUU iniciaria una guerra contra el gobierno de tu pais por el hecho de tener un regimen dictatorial, de someter a su poblacion con leyes anarquicas como esas, seguramente que no es solo respecto a las armas que tienen leyes tan arbitrarias. Un rifle de aire es un juguete no puede matar a nadie... Y esos de la guardia civil seguro que estaban armados con pistolas de grueso calibre, ah claro, ellos si viste?? Si es un plan para desarme que empiezen ellos primero, son tipos armados y peligrosos si son profesionales no tienen porq tener arma si pueden resolver lo que se les presente sin usar armas de fuego. Bueh! Salu2 espero que te haya ido bien en contra de la guardia civil que andan persiguiendo inocentes y a los que roban y matan con esos si que no pueden, no se la bancan, acaso hay indice zero de delito en tu zona? no creo... Desde Argentina, saludos! Israel Martinez V.
**Tecnico en computacion**
**Perito Balistico**
yo quiero contestar al faltoso e irespetuoso de dJavionics, lo primero no tienes no idea de lo que hablas para decir tonterias y cosas por el estilo vete a tu pais, y argentino como dices ahy no teneis un regimen dictatorial pues ya me diras las que armais, si acabais de salir de uno vosotros ,sera por eso qeu sabes lo que son los regimenes dictariales.
para que te enteres ,abobao, es españa hay mas libertades que en tu pais, y si no fueses por las leyes y su cumplimiento, ya me diras donde se acabaria, y lo primero que habrias de hacer es enterarte de las leyes que existen en los paises y no faltar al respeto de la gente qeu intenta que se cumplan, y la cual se juega la vida cada vez que salen a hacerla cumplir.
con esto acabo y ya podrian las personas que hacen qeu esta pagina exista, no dejar poner comentarios como el de esta persona.