hola !
A algún compañero le ha pasado que cuando vas a personarte con la venia en instrucción resulta que ya lo han enviado al penal? es fácil encontrar el asunto? que tipo de escrito interpones aclarando esto o te personas sin mas?
otra cosa, si quiero adjuntar un documento original se lo envío por correo al procurador?
como haceis?
y bueno como estais llevando lo de la LOPD? la estais poniendo en práctica?
un saludo
muchas gracias, jar!
¿tengo que llamar todos los días al reparto?
¿crees que haciendo un hilo de la LOPD entre todos sacariamos algo en claro? esto lo estan haciendo sólo los grandes despachos? y los demás como hacen??
Pos no sé como funcionará tu juzgado, pero yo lo que hago es personarme en el decanato y pedirle a un funcionario que me mire a donde ha ido a parar el pa tal del juzgado de instrucción cual. Me suelen decir el penal al que ha ido y el numero de reparto.
En cuanto a la segunda, es que necesariamente ha de tener ya un procurador antes de que se remita al juzgado de lo penal, ya que al darte el trámite para calificar la defensa ya debes tener procurador.
Si el penal es de un partido distinto, solo recibir los autos le deberían requerir para nombrar procurador, y en caso de no hacerlo, designarlo de oficio. De lo contrario, no se puede señalar juicio oral. En los penales de mi localidad suelen ser muy poco formalistas en cuanto a la designa del procurador (por lo del apud acta digo).
jar, pues el escrito de defensa ya estaba hecha cuando me diero la venia...sabes cuanto viene a tardar el paso de un partido a otro en la misma comunidad autónoma en un pa? que doc. tendría que pedirle al cliente para enseñarle al fiscal y convencerle de que es bueno y le ponga la pena mínima?
muchas gracias.
El tiempo que tarda es aleatorio; el juzgado instructor dicta providencia cerrando el expediente y remitiendolo al decanato para reparto; a partir de ahí, depende de cuanto tarde la valija en llevar los autos (puede ser un día, dos, o una semana). Cuando los autos llegan al decanato, es probable que se reparta el mismo día, según acumulación de trabajo. Y luego lo que tarden en recoger la valija y llevarla al penal que toque. A lo sumo, en un par de semanas como mucho debería estar repartido; luego el penal tardará más o menos en acusar recibo, abrir rollo y dictar la providencia correspondiente (señalamiento o quedar en suspenso por acumulación), según el retraso que lleven. Al abrir el rollo es cuando deberían requerir para nombramiento de procurador o designar uno de oficio, si es necesario.
En cuanto al documento para demostrar la santidad de tu cliente, pues depende del asunto del que se trate, que no me consta.