Y a donde quieres ir a parar con ello? Que otras empresas paguen las deudas de esa empresa?
Hummm, la empresa es una Sociedad? Imagino que si no hay nada raro en la gestión, como máximo se responderá sobre el capital social de la empresa, punto.
Pero vamos, es muy punto de vista. Es como pretender ir sobre su patrimonio, cuando ya se sabe que eso pasa cuando es un empresario individual, no cuando es una Sociedad.
A ver. Conste que yo no soy abogado, solo soy responsable de RRHH.
Para mi resulta dificil entender que a otra empresa le puedan hacer responsable de las deudas de la empresa insolvente o que no paga, por mucho que uno de sus socios sea el mismo. Como no sea que de la primera empresa haya traspasado dinero a la segunda empresa o cuestiones raras similares...
Podrías plantear la pregunta en la sección de Sociedades, a ver que te dicen por allí-
Por cosas raras igual se puede entender que una segunda empresa fue creada después de la primera, cuando esta empezó a ir mal, con el mismo objeto social, desviando intencionadamente la carga de trabajo de la primera a la segunda empresa, dejando "morir" intecionadamente la primera empresa.
Yo me refiero a que pidan en el juzgado la extinción del contrato por impago, de acuerdo al artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, con lo cual no entiendo lo que comentas de que el empresario se justifica, porque eso da lo mismo. Si no paga la empresa por insolvente, pagará el FOGASA.
Se justifica en que no han pasado 3 trimestres de pérdidas económicas , solo 1 trimestre, en que tiene pensado hacer lo mejor para la empresa para no despedir a nadie como plantear un ERE temporal..
1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:
Las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el artículo 41 de esta Ley y que redunden en menoscabo de la dignidad del trabajador.
La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, así como la negativa del mismo a reintegrar al trabajador en sus anteriores condiciones de trabajo en los supuestos previstos en los artículos 40 y 41 de la presente Ley, cuando una sentencia judicial haya declarado los mismos injustificados.
2. En tales casos, el trabajador tendrá derecho a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.
Pero la otra parte se justifica en: "Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos"
Y que aún no a tomado cartas en el asunto porque no se han dado 3 trimestres
Pero vamos a ver, que la empresa diga que no les DESPIDE por causas objetivas porque no se hayan dado aún las causas para ello, no quita para que los trabajadores demanden a la empresa en el juzgado solicitando la extinción de sus contratos por IMPAGO de salarios según el apartado 1.b del artículo 50.
Ya he dicho anteriormente, yo no soy abogado, y no me veo capacitado para recomendar a todo un laboralista como proceder en un juicio.
Y lo de ganar o no ganar, pues ya sabrás tu mismo como funciona la justicia.
Un saludo.
P.D.: eres laboralista? Me llama la atención que no distingas un despido de una salida voluntaria de la empresa a instancias del trabajador por incumplimientos del empleador.
Por otra parte, cuando dices que se justifica es porque aún no han iniciado acciones legales, al juez esa historia no le vale, además que quieres esperar a que se cumplan tres trimestres luego les coloque un ERTE de reducción de jornada, por ej. al 50% y luego a los 6 meses les diga que siguen igual que la cosa va mal y que vaya luego y les despida, se quedarian con la indemnización al 50 % dada su nueva jornada y puelgo para las prestaciones por desempleo estarian en la misma situación. ¡Que demanden ya!