Ciertamente tienes razón, Llobu, y en teoría no es obligatorio tener representación de los trabajadores.
Pero en el caso de empresas o centros de 50 o más trabajadores ¿sería posible constituir el obligatorio comité de seguridad y salud (que ha de ser paritario) sin los delegados de prevención?
No deja de ser un contrasentido que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de por hecho algo que no tiene por qué serlo y que encima le puede costar una sanción a la empresa.
Hombre, puedes ponerle tantas comillas como quieras.
Lo Delegados de Personal y el Comité de Empresa, no es algo que le competa a la empresa el instarlos, con lo cual poco puede hacer en esa materia aparte de facilitar las cosas si se instan unas elecciones.
Bueno, eso de que no es obligatorio que haya representantes de los trabajadores podemos ponerlo entre comillas.
De hecho sí la tienda tiene 50 o más trabajadores es obligatorio constituir Comité de Seguridad y Salud. Este comité lo forman en parte los delegados de prevención que a su vez han de ser representantes de los trabajadores.
Si se desea que haya representantes de los trabajadores, serán estos quien insten elecciones para elegirlos. Bueno, una cosa son los enlaces sindicales, y otra son los delegados de personal o los miembros del comité de empresa.
Dirigiros a un sindicato, ellos se encargarán de organizar unas elecciones, si se da el caso.
Mira el Estatuto de los Trabajadores, a partir del artículo 61:
Hola, trabajo como vendedora en una tienda de deportes bastante poderosa y con muchos empleados. Llevo ya 2 años en plantilla y llevo observando bastantes injusticias con temas como excedencias, permisos retribuidos...etc.
Me gustaría hacer algo por mí y mis compañeros y he descubierto que en la tienda no hay ningún enlace sindical y eso nos perjudica mucho porque hacen lo que quieren con nuestros horarios, excedencias, etc.
Quisiera que me informasen qué podemos hacer los empleados para enlazarnos a un sindicato.
¿Es obligatorio para una empresa tan grande tener enlaces sindicales?