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Empresa que no da el alta en la ss tras denegar incapacidad

2 Comentarios
 
Empresa que no da el alta en la ss tras denegar incapacidad
06/07/2005 13:45
Estuve 18 meses de baja, al agotarse el tiempo de baja pasé a cobrar de la seguridad social. Me denegaron la incapacidad por lo cual debía haberme incorporado en la empresa, pero el inspector médico que llevaba mi caso decidió que no estaba en condiciones de incorporarme a trabajar y le pidió al médico de cabecera que me diese la baja por otra circunstancia (ya que sólo puede estarse 18 meses de baja por la misma dolencia). El caso es que la empresa no me ha dado de alta en la Seguridad social todavía, ya han trascurrido 3 semanas, y dicen que no van a darme de alta, hasta que el recurso que he puesto a la incapacidad no se resuelva, lo que puede tardar varios meses o incluso años (me pidieron incluso un poder para ver mi expediente de incapacidadcon la excusa de que sin él no podían darme de alta, yo por supuesto no lo firmé). He ido a la Seguridad social y me dicen que están en su derecho y que acuda al INEM para ver si puedo cobrar el paro, pero no entiendo como voy a cobrar el paro sin que la empresa me arregle los papeles y en mi caso. No sé a donde debo acudir ni que hacer pero como la mayoria de los españoles vivo de un sueldo y no puedo estar 1 año sin cobrar. ¿A donde debo recurrir?, ¿Es lógico que la empresa no me dé de alta en la SS o tengo algun derecho para que lo hagan?. En este foro me contestaron que la empresa debía darme de alta inmediatamente, pero a mi en la Seguridad social me dicen que no, que mi caso es raro porque no me incorporé a trabajar al darme el parte de baja el mismo dia que se me denegaba la incapacidad. Necesito una respuesta, por favor. Gracias
06/07/2005 14:19
HOla.

Una vez que te deniegan la incapacidad, tu obligacion es presentarte en el centro de trabajo y trabajar. la empresa por su parte tiene la obligacion de darte de alta en la Seguridad Social sin ningún tipo de excusa (lo del recusrso es un tema personal que nada tiene que ver con el alta que esta obligada a cursar)

Una ez qure stas trabajando, si tienes otra I.T. se produce lo que en cualquier I.T. Es decir, la empresa queda obligada al pago delegado y a las compesnaciones y mejoras que señale el convenio colectivo.

Por lo tanto; el tema del alta, denuncialo ante la Inspeccion de trabajo y, si a final de mes la empresa no te paga, prsenta un demanda de cantidads contra el INSS; la Tesorería y la empresa, ya que tu tienes que cobrar esa nueva baja, que no es recaida ya que has agotadoel periodo máximo de 18 meses, con lo que ha de considerarse un proceso de I.T. nuevo

Saludos.
06/07/2005 18:59
Muchas gracias Ninfa. Me he asustado al ir a la seguridad social esta mañana y confirmarme lo que la empresa me había dicho, que no habia nada que hacer mas que esperar a la resolución. Mañana mismo ire a la inspeccion de trabajo a denunciarlo. espero tener mejores noticias mañana. Gracias de nuevo.