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Empresa no actúa tras sentencia de improcedencia, ¿qué hago?

8 Comentarios
 
Empresa no actúa tras sentencia de improcedencia, ¿qué hago?
15/10/2013 13:24
Hola! A ver si alguien puede ayudarme.

Hace unos meses me despidieron alegando causas objetivas, si bien se trataba de un despido claramente improcedente. Desde la reforma laboral la empresa usaba ese sistema para retardar el pago de la indemnización hasta la conciliación previa al juicio, así que demandé sin abogado ya que la indemnización no era alta y pensaba que todo se resolvería sin entrar a la sala.

Llegado el juicio la empresa ni siquiera se presentó y lógicamente el juez me da la razón. Acabo de recibir la sentencia y sé que la empresa tiene 5 días para comunicarme si paga o me readmite, pero temo que siga sin dar señales de vida (a pesar de que sigue en funcionamiento). En ese caso se supone que opta por la readmisión, pero si pasa el plazo de 10 días y sigue sin comunicarme nada, ¿cómo puedo resolver la situación? ¿Tendría que solicitar la ejecución de sentencia o hay algún paso intermedio?

Gracias de antemano
15/10/2013 15:19
¿y sabes si han puesto recurso?
Tambien pueden apelar.
15/10/2013 18:55
Gracias por contestar!
La verdad es que no se me había ocurrido esa posibilidad, imagino que entonces ya tendría que recurrir a un abogado. Hasta ahora no lo he hecho porque creía que todo se resolvería en la conciliación, ya que era la forma habitual de proceder de la empresa.
De todas formas acabo de recibir la sentencia así que aún es pronto para saber qué harán, simplemente tenía la duda de cómo actuar en caso de que siguieran sin hacer nada
16/10/2013 07:20
Buenos días.
Una vez que la empresa reciba la sentencia, tiene plazo de cinco días para anunciar recurso de suplicación. Si no lo hace en ese plazo, la sentencia adquirirà firmeza y será ejecutable.
Con la reforma de la ley, lo lógico es que las empresas o opten por la readmisión sino por la indemnización, pues en el primer caso tendrían que abonar salarios de tramitación.
En caso de que la empresa interponga recurso, efectivamente deberá usted designar letrado.
Un saludo
16/10/2013 19:05
Gracias, anabbc
A ver si lo entiendo. Si en 5 días la empresa ni recurre ni opta por indemnizar, se supone que debe readmitirme pagándome salarios de tramitación, lo que económicamente no le interesa, pero conociendo a los personajes que la dirigen es perfectamente posible que actúen sin ninguna lógica económica. Y es probable que incluso estén esperando "callados" para ver si yo me equivoco o se me pasan los plazos o algo así, aunque se arriesguen a tener que pagar un poco más.
Así que si no se me comunica nada y debo pedir la ejecución de sentencia, ¿se ordenaría la readmisión inmediata o podría exigir que se me indemnizara y terminara ahí la relación laboral?
Y otra cosa: para pedir la ejecución, ¿debo esperar a que se me comunique la firmeza de la sentencia o basta con esperar el cumplimiento del plazo de 5 días?
17/10/2013 12:02
La empresa tiene cinco días desde que se le notifica la sentencia para anunciar el recurso y, de no estar interesada en recurrir, ejercitar la opción de readmitirle o indemnizarle.

Como de recurrir la empresa, a usted no le van a notificar el anuncio del recurso, lo que puede hacer es, a partir del sexto día habil desde que reciba la sentencia, llamar al juzgado y que le informen si finalmente la empresa ha recurrido o no. Despues actuar en funcion de lo que le digan.
Un saludo
18/10/2013 11:43
Muchas gracias, hoy es el sexto día así que me pasaré la semana que viene por el Juzgado
29/10/2013 13:46
Al final la empresa optó por indemnizar y ya está todo arreglado. Muchas gracias a los que os habéis interesado
29/10/2013 14:22
Me alegro mucho que lo haya resuelto.
Un saludo