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Empresa limpieza

7 Comentarios
 
19/03/2005 19:48
en mi comunidad los servicios de limpieza estan contratados con personas que son propietarios y a los que se les exige la firma de un documento, en el que se hacen responsables del pago de la seguridad social ellos mismos. en la ultima junta pedi que se exigieran esos docomentos que relaciona flanaghan, para salvar la responsabilidad de la comunidad. no me hicieron ni puto caso.
Asi mismo pedi que constara en acta mi oposicion y por tanto eximir mi responsabilidad y tampoco aparece en el acta. Las supuestas empresas de limpieza son votos a favor del administardor.
10/03/2005 13:36
Tal como lo veo el tema es bastante serio...

De hecho hace poco se lo he hecho saber a los administradores de mi vivienda.

Yo creo que por mucho que en un contrato civil se establezca como condición resolutoria del contrato el impago de Seguridad Social, ello no exime de responsabilidad a la comunidad en materia laboral...y en otras

Obviamente en vuestro caso, yo resolvería inmediatamente el contrato con la empresa de limpieza.

Y para la siguiente que contratéis, os recomiendo que retengais el pago mensual de servicios hasta que mensualmente la empresa presente original (Para contrastar) y copia:

- TA2 de alta en Seguridad Social de los trabajadores de la empresa que limpien en la comunidad, así como de autónomos.
- TC2 mensual.
- TC1 y justificante de pago, y en su caso, justificante de pago de autónomos.
- Certificado de estar al corriente de pago en Seguridad Social
- Justificante, en caso de que el convenio de limpieza obligue, que acredite que la empresa ha concertado la póliza de accidentes de convenio.
- Justificante de tener contratada la prevención de riesgos laborales...

Todo esto es muy importante de cara, no solo a impago de salarios y Seguridad Social, sino también por si el trabajador se accidenta...

Yo creo que, si vienen mal dadas, de momento, y, a salvo del recurso, en estas materias un Inspector de Trabajo declararía la responsabilidad solidaria de la comunidad; es decir, tan responsable de los incumplimientos es la empresa de limpieza como la comunidad.

La única defensa de la comunidad es demostrar que ha cumplido con la diligencia debida, y para eso estimo que mensualmente deben entregarse esos papeles...

Y la única fuerza que tenéis es retener el pago hasta que la empresa acredite que todo está OK.

Y en el nuevo contrato estableced que mensualmente debe presentarse esa documentación como requisito necesario para el pago, y haced constar que el incumplimiento de esto conlleva la facultad de la comunidad de resolver el contrato.

Perdón por el rollo
perfil Kel
03/03/2005 15:44
¿Cómo debería tener acceso a los TC? la empresa todos los meses nos trae una fotocopia con el cuño del banco para comprobar que los ha pagado. Respecto a la liberación de la Comunidad de cualquier indemnización, si estuviera por escrito ¿seguiria respondiendo la comunidad en caso de declararse la empresa insolvente? o por el contrario la comunidad no tendría ninguna responsabilidad al respecto
03/03/2005 15:00
Esa clausula que indicas no salva totalmente a la Comunidad, ya que la Comunidad tendria que tener acceso a los TC para poder rescindir el contrato. Lo importante es si en el contrato entre la Comunidad y la empresa, queda liberada la Comunidad de cualquier indemnizacion por motivo de incumplimiento de la empresa con sus trabajadores.
perfil Kel
03/03/2005 13:23
En el contrato está estipulado que si la empresa no paga los TC a los trabajadores es motivo suficiente para rescindirlo. En cuanto a responsable subsidiario es porque nos han comentado que si los trabajadores denuncian a la empresa y esta es declarada insolvente, es la Comunidad la que respondería de estos pagos ¿es eso cierto?
03/03/2005 11:02
Mucho cuidado. Si en el contrato no esta debidamente especificado que se trata de una contratacion de servicios y salvando la responsabilidad de la Comunidad con relacion al personal, dichos trabajadores, si pueden demostrar que le realizaron servicios a la Comunidad, le pueden poner una demanda laboral.
03/03/2005 10:46
Revisa las claúsulas del contrato que firmasteis, pero es la empresa quien responde de cualquier problema que puedan tener, vosotros contratais una empresa y los problemas internos de ésta son asunto suyo que no tiene porque afectar a la comunidad. No entiendo a que te refieres cuando dices responsable subsidiario.
Empresa limpieza
perfil Kel
03/03/2005 09:05
La comunidad de vecinos de mi vivienda contrato una empresa de limpieza para los servicios de limpieza. Hasta ahora pagaba a los trabajadores con normalidad pero el último mes no ha pagado la seguridad social de los trabajadores. Parece ser que se ha declarado inactiva ¿Nos puede afectar en algo? ¿En caso de que se declare insolvente la empresa, la comunidad sería responsable subsidiario?