tengo una empresa familiar de mantenimiento de comunidades. La presidenta nueva, al dia siguiente de asumir, nos envió una carta a traves del administrador, diciendo que terminaban nuestros servicios habiendo sido votado en Junta de Propietarios ordinaria, avisandonos 30 diasde anticipacion.
Mi duda es la siguiente: ningun vecino esta de acuerdo puesto que eso no se votó en ningun momento, nadie quiere que nos vayamos, pero nadie esta dispuesto a enfrentarse a esta señora.
¿Cómo puedo actuar?
Ademas, se supone que son ellos mismo los que van a llevar la limpieza, jardinería y mantenimiento de piscina, el marido de la presidenta en paro, por lo que lo haran sin altas en la Seguridad Social y demas.
¿puedo denunciarlos anonimamente luego de que nos echen, si es que debemos irnos?
Presuponer lo que puede ocurrir y actuar en ese sentido es peligroso. Lo cierto es que en una comunidad lo que deciden sus propietarios por mayoría es lo que se debe hacer. Cada cual es responsable de sus actos y la comunidad de los suyos.
Los anónimos no son convenientes y pueden ir en su perjuicio.
Dice que no se votó. Eso no es asunto suyo, la comunidad es “mayor de edad”.
Entonces? Yo he preguntado que forma tengo de permanecer alli. Ya se que ellos son mayores, yo busco algun argumento que me pueda ayudar, o que me digan que da igual que no puedo hacer nada para asi olvidarme del asunto.
Gracias por tu interés pasacero y por responder tan rapidamente.
Vamos a ver... esa presidenta si le ha dicho eso es porque se debe de haber acordado en junta de propietarios y para ello debe de constar en acta de tal reunión. Debería pedir ese acta donde se figuren los votos a favor y en contra de su cese. La presidenta no es nadie para rescindir un contrato (escrito o tácito) sin el consentimiento de los propietarios y para ello debe de convocar una junta con ese propósito.
Tampoco puede dirigir los nuevos servicios, es decir, no puede poner ni a su marido ni a nadie a realizar esas labores sin el consentimiento de la junta de propietarios. En definitiva es la junta de propietarios la que decide y no ella. Si usted lleva manteniendo ese servicio y no le deja ver el acta con su recisión, comuníquele que la puede demandar por tomarse libertades que no son de su competencia, aunque para esto necesita abogado.
Fontanero; por favor con que autoridad puede exigir una persona ajena a la comunidad que le muestren un acta?
Si, que demande a la comunidad, vera que sorpresa se lleva. Porque dice que la Presidenta se toma libertades (que si se puede tomar), pero aconseja a Adrian 4585 que exija y amenaze con algo a lo que no tiene derecho alguno
El presidente si tiene autoridad para cambiar un servicio si éste no cumple con lo firmado en contrato.
Además a esta empresa se le comunicó con 30 días, ¿tenian alguna claúsula que indicase más días?
El único argumento que tiene es el contrato que tenga firmado