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empleado hogar

5 Comentarios
 
14/02/2011 11:09
Para el año 2011 el tipo de cotización es el 22%. En el supuesto de los empleados de hogar que presten servicios de forma exclusiva y permanente, el 18,3% corresponde al cabeza de familia y el 3,7% al empleado de hogar. Si se trata de servicios de carácter parcial o discontinuo el tipo de cotización será de exclusivo cargo del empleado de hogar.
14/02/2011 11:00
Será sujeto responsable del ingreso de la cotización ( art. 46 RD 2064/1995):

1) El cabeza de familia o empleador por cuya cuenta presten servicios de forma exclusiva y permanente los empleados de hogar.

2)  Los empleados de hogar a su exclusivo cargo cuando presten sus servicios con carácter parcial o discontinuo a uno o más cabezas de familia.

3) Los empleados de hogar, tanto si lo son con carácter permanente o con carácter parcial o discontinuo, mientras permanezcan en situación de Incapacidad Temporal, maternidad y paternidad, incluido el mes de finalización de dichas situaciones pero excluido el mes de inicio de la misma, en el que ambos resultan obligados.

A FALTA DE MEJOR RESPUESTA
SALUDOS
14/02/2011 09:36
Hola a todos-as:

Lo primero de todo, agradeceros vuestras opiniones pero, me surge una nueva cuestión:

Cuando pacog dice:

que el mes de la baja la obligación de cotizar es del empleador (en caso de trabajadores fijos) hasta aquí correcto todo, pero cuando se refiere que durante el resto de la situación, del propio trabajador, incluído el mes completo en que tenga lugar el alta. pero ¿el trabajador solamente abona el porcentaje que le corresponda a él? ¿y, la parte del empresario, también la abona el trabajador?Aquí es dónde me surge la duda.

Gracias.

Saludos
10/02/2011 18:44
Efectivamente Vegas. Añadir que el mes de la baja la obligación de cotizar es del empleador (en caso de trabajadores fijos) y durante el resto de la situación, del propio trabajador, incluído el mes completo en que tenga lugar el alta
10/02/2011 18:15
Tampoco es que sea mi especialidad, pero según creo se abona desde el día 29 de la IT, al 75%.
SALUDOS.
Empleado hogar
10/02/2011 14:44
Hola a todos-as:

Me gustaría saber si una persona que se encuentra en alta en cuanto a seguridad social pero, dentro del sistema especial de la seguridad social de empleados del hogar, en el caso, que padeciera una enfermedad común ¿tendría derecho a prestación por I.T.? ¿desde que día?

Es un colectivo que sinceramente no sé muy bien sus peculiaridades.

Gracias.

Saludos.