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Empleado del administrador

14 Comentarios
 
Empleado del administrador
18/03/2015 01:39
En una comunidad, se ha contratado a un administrador.
Dentro de ese contrato y a su costa, el administrador aporta un empleado que se encarga del cuidado de la piscina.
La comunidad (sus propietarios) desconocen quien es esa persona.
¿Que riesgos está asumiendo la comunidad con ese empleado que trabaja en la comunidad a costa del administrador?.
18/03/2015 14:05
En caso de despido, ¿podría el empleado, demandar a la comunidad, aparte del administrador?.
¿Que documentación debe exigir la comunidad, al administrador con respecto a ese empleado, que hace trabajos en la comunidad?.
18/03/2015 18:50
¿Alguna opinión?. Gracias.
18/03/2015 19:38
No veo claro que en un contrato de administracion de fincas se incluya el mantenimiento de la piscina.
Son servicios completamente distintos que deberian ir por separado.
los trabajos en piscina por el uso de productos quimicos y demas tienen una peligrosidad añadida que podria acaerrarle problemas a la comunidad en caso de un accidente.
yo llevaria el contrato a un abogado para que lo examinara.

19/03/2015 11:06
El problema, es que no existe contrato con el administrador.
El único rastro del empleado, es que en la contabilidad anual, figura en la partida de administración.
25/03/2015 20:51
¿Alguna opinión mas sobre este tema?. Gracias.
25/03/2015 21:23
¿pero como figura exactamente, con nombre y apellidos y como uno de los servicios que presta la administracion?
en todo caso, sin contratos claros de por medio donde figure exactamente el tipo de relacion que tiene la comunidad con ese empleado, yo creo que podria perfectamente reclamar a la comunidad. aunque habria que ver todos los datos.
26/03/2015 09:53
No puede reclamar nada a la comunidad en el supuesto de ser despedido. La relación laboral la tiene con el administrador no con la Comunidad.
De todas formas, como le han dicho, nada tiene que ver el servicio de administración con el servicio de mantenimiento de una piscina. Deberían ser contratos independientes.
26/03/2015 12:55
Fixin, creo que estás equivocado.
Un trabajador puede reclamar por despido también, no solo a su empresa sino a la comunidad.
Se de casos, en el que se ha condenado a la comunidad al pago.
26/03/2015 12:59
Un trabajador puede reclamar a la empresa que lo tiene contratado. Solo podría reclamar a la comunidad si esta lo tuviese contratado como empleado propio.
27/03/2015 10:31
Simplemente por realizar el trabajo en la comunidad.
27/03/2015 20:34
Si los contratos estan claros, tambien esta clara la responsabilidad y esta es de la empresa que lo contrata.
Cuando no lo estan, el trabajador no esta contratado o dado de alta, o cualquier otra situacion irregular, la comunidad es responsable, al igual que la empresa que lo cede.
pero sin saber exactamente que hay firmado, no se puede asegurar, pero, vamos, yo no veo las cuentas claras.
pasa lo mismo con cualquier otro tipo de relacion laboral, si no se delimitan responsabilidades, responsables son tanto el que contrata y cede al trabajador como el que lo tiene trabajando en dicha situacion.

28/03/2015 00:14
Como medida precautoria la comunidad debe de
exigir garantías , por escrito y asegurarse de la solvencia del administrador que ofrezca documentalmente constancia de relacion de personal de servicio por cuenta del mismo, documentos de afiliación a la seguridad social, seguros de accidente , ect. PELIGRO
28/03/2015 22:08
Primero, el administrador tiene un contrato verbal de mandato art 1709 y siguientes del código civil.
Segundo, ¿quien paga a ese trabajador y si figura ese gasto en las cuentas comunitarias?. La comunidad debe saber quien trabaja para ella y quien es, a que empresa pertenece.
30/03/2015 20:36
El sueldo del empleado, esta incluido en los honorarios que paga la comunidad al Administrador.