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Empleada Hogar

1 Comentarios
 
01/04/2008 17:40
Derecho a desempleo creo que no tienen ya que no cotizan por esta contingencia.

El contrato se puede extinguir:
*Por mutuo acuerdo de las partes
* Por las causas consignadas válidamente en el contrato (siempre que no sean abusivas)
* Por expiración del tiempo convenido. Indeminzacion que tendras que calcular
*Dimisión del trabajador (preaviso siete dias al menos)
*Por muerteo invalidez del trabajador
*Por muerte o incapacidad del empleador
*Por fuerza mayor (creo que este es tu caso)
*Por despido disciplinario
*Por voluntad del trabajador provocada por impagos del empresario

Empleada hogar
31/03/2008 23:51
Tengo al cuidado de mi madre desde hace cuatro años a una señora latinoamericana, con todos los papeles en regla y cotizando a la Seguridad Social.
Es interna, tiene las vacaciones reglamentadas y cobra dos medias pagas extraordinarias. Estamos muy contentos con ella, pero la situación actual de mi madre nos obliga a llevarla a un centro especializado para personas con Alzheimer. Alguien me puede orientar sobre la manera de despedir a la cuidadora perjudicándola lo menos posible? Nos gustaría hacerlo correctamente, pues es una señora seria y trabajadora. Gracias.