En un P.abreviado en el que me han notificado que la fase intermedia ha concluído y que el proc. se remite al juzgado de lo penal, ¿me tienen que notificar todavía la providencia de emplazamiento para que en días días nos personemos en el J.penal? o se considera que la providencia que da por concluída la fase intermedia ya implica un emplazamiento implícito.
Te deberían requerir del Juzgado a fin de q nombres procurador para personación en su sede (esto es necesario -por ley- cuando se abre el juicio oral, o sea, ahora). Saludos¡
NOTA: Si quieres salir de dudas, puedes llamar directamente al Juzgado y preguntar q es lo q hago yo en estos casos (de pequeñas dudas procesales).
Muchas gracias ac37. Soy procurador de partido y me ha descolocado bastante que no me hayan notificado directamente el emplazamiento como suelen hacer.Es un asunto de oficio con lo cual el procu que ha de personarse en el Juzgado de lo penal ya está nombrado.