Hola, me han fijado las vacaciones de tal forma que comienzan en mi dia de libranza. En el convenio no dice nada al respecto, ¿no tendría que empezar mis vacaciones en un día de trabajo¿
Hola:
Las vacaciones deben ser pactadas no cabe la decisión unilateral. Ha de fijarse en el calendario laboral en cada centro de trabajo. El trabajador debe conocer las fechas del disfrute con dos meses de antelación y su incumplimiento supone la comisión de una infracción administrativa y el trabajador puede reclamar ante el Juzgado de lo Social.
Las vacaciones son como mínimo 30 días naturales. Los días naturales son todos (sábados, domingos, etc.) Por lo tanto, pueden empezar en cualquier día. Será el convenio colectivo el que marque los criterios y las fechas de disfrute.
Yo tengo amigos en la misma situación que tú con días de libranza y lo que hacen es comenzar las vacaciones en el siguiente día. Tiene su lógica ya que ese día lo tienes de libranza por haberlo generado de algún modo. No sé en base a qué ya que no has comentado cual es tu cuadrante de trabajo.