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empadronarse en vivienda ocupada

10 Comentarios
 
perfil TN
23/11/2012 10:36
Hay mucho mito con el tema de la ocupación ilegal, sabes que pueden denunciarte por lo penal? sabes que pueden pedirte responsabilidades civiles?

Si hay mucho mito es porque los ocupas que ves por ahí, no tienen nada que embargar pero si tienes o piensas tener nómina, la cosa no es tan sencilla.

Y también porque lo que se ve no es lo que sucede muchas veces, hay más gente condenada penalmente que gente que sale de "rositas" pero eso no se ve, se ve la gente que sale impune. Si quieres arriesgarte a eso y piensas que nunca te sucederá, pues adelante, pero hay mucha gente que piensa eso y luego se llevan sorpresas.

Yo te recomendaría que intentaras averiguar quién es el propietario, que a lo mejor resultas ser tú si no hay más parientes y arreglarlo bien a hacer lo que has hecho.
22/11/2012 23:54
Kapitan, yo creo que si es suficiente una factura de teléfono fijo.¿por qué no?
Cuando iba a empadronarme pensé, vale, quizás me exijan una autorización del propietario para empadronarme, pero en cualquier caso deberían dejarme "desempadronarme" de la vivienda en que estoy empadronado, pues no vivo ahí. Y, si no vivo ahí y no me dejan empadronarme en donde vivo ¿Dónde vivo? ;-)
TN, si, quizás esté ocupando, mejor, "okupando" una vivienda ilegalmente. Me arriesgo.
perfil TN
22/11/2012 17:50
Ojo a ver de quién es la casa, a ver si te estás metiendo en un problema gordo.
22/11/2012 16:39
Pero para constatarlo lo tienes que acreditar y la pregunta es si es suficiente una factura telefónica para ello. En mi opinión, no debería serlo.
21/11/2012 23:22
Hola de nuevo.
Al final ya estoy empadronado. Con el contrato del teléfono fijo ha sido suficiente. Era lo lógico. El padrón debe limitarse a constatar el hecho de que yo vivo ahí. Y eso es cierto.

Salud!
perfil TN
21/11/2012 13:02
Es que herederos siempre hay y sino, sería el Estado.

Es decir, si tú no lo puedes heredar (eres familiar, por tanto posible heredero), ojo porque estaría ocupando una propiedad que no es tuya y el heredero legítimo podría denunciarte.
21/11/2012 12:18
Siendo que no hay herederos y eres familiar del difunto.. no puedes reclamar el piso??
18/11/2012 21:19
En Madrid piden la escritura de compraventa del inmueble o el contrato de arrendamiento, si el que se empadrona es el propietario o e arrendatario, respectivamente. Si es alguien a quien autoriza el propietario o el arrendatario, debe presentar el documento en cuestión y una autorización firmada por aquél.

Si no se tiene esos documentos, no acceden a empadronar.

Motta&L Abogado
18/11/2012 18:13
Es suficiente contrato de arrendamiento o escrituras, pero hay ayuntamientos que pasan con menos, como la luz o agua.
16/11/2012 17:35
llame al 010 y haga la consulta
Empadronarse en vivienda ocupada
16/11/2012 12:55
Hola.
Recientemente me he ido a vivir a una vivienda de un familiar difunto. No hay herederos ni nadie que reclame el piso, que se encuentra al corriente de pagos porque yo me encargo de ellos. Tengo la línea de teléfono fijo a mi nombre. La vivienda está en Madrid capital. ¿Es suficiente la factura del teléfono para empadronarme?¿Podría el ayuntamiento ponerme trabas?

Muchas gracias