La tarjeta de residencia se da para que el familiar se reuna con el ciudadano español (o lo acomapñe si el ciudadano español también viene del extranjero a instalarse a España), lo pone tanto en el artículo 2 como en el 8 del real decreto que regula el regimen comunitario. Si tú, por ejemplo, vives en Cadiz y ella en Vigo es probable que te la denieguen aunque alegues que los fines de semana os veis. Aún te diré más, supongamos que los dos estáis empadronados en Vigo, pero tú trabajas recogiendo la fruta en Murcia, pues diga lo que diga tu empadronamiento, se va a considerar que no vivís juntos y que no estáis reunidos, y se denegaría igual.
Claro,
por los sesgos que pueda tener la policía al ver un extranjero con un Español ya de por si pueden pensar que es fraude por eso quiero cerciorarme de hacerlo todo bien. Pero claro, lo mismo que comentas que por ser pareja de hecho cada uno puede vivir en Vigo y otro en Cadiz, tambien está lo que comentas que relación análoga a la conyugal (concepto un poco ambiguo si se me permite una valoración) implica convivencia, Por lo tanto mi pregunta es, es tan tan importante esa convivencia tanto que marca la diferencia entre que nos lo den o nos lo denieguen? Yo vivo y trabajo en un pueblo y solo convivimos los fines de semana
A ver como lo explico, por el hecho de estar inscritos como pareja de hecho, no tenéis ninguna obligación de convivir, tú puedes vivir en Vigo y tu pareja vivir en Murcia, y no pasa nada.
El tema es que si tu pareja presenta la solicitud de la tarjeta comunitaria por ser pareja estable de un español, la oficina de extranjería querrá comprobar que, tal como dice textualmente la normativa, tú y ella constituyáis una pareja registrada que mantiene un unión análoga a la conyugal (lo cual , tal y como está redactada la norma a aplicar, implica convivencia). Dado que hay bastantes intentos de fraude en este sentido, e incluso bandas que se dedican a esto (a cambio de un precio, un español se une en pareja de hecho con una desconocida, solo para que esta consiga la tarjeta comunitaria), es bastante habitual que en la tramitación de la solicitud, se envíe a la policía nacional para que investigue la autenticidad de la relación de pareja estable. Normalmente verifican la convivencia, hacen entrevistas por separado e incluso pueden llegar a hacer algún seguimiento,; no tienen porque hacer todas estas actuaciones, pero alguna de ellas si que cae. Tamnbién te digo que hay muchos casos (la mayoría) en los que, al presentar la solicitud y estudiar el expediente, se ve claramente que los miembros de la pareja son realmente pareja y no se envía a la policía.
Muchas gracias marticc
Es mi pareja a efectos prácticos, pero cada uno vive en su casa, en mi caso por cuidar a mi padre que es viudo y minusválido, por lo que aunque me empadronase con ella no viviría allí a diario. Entonces la duda es, la policía acredita que somos una pareja por el hecho de vivir juntos? Porque conozco a mucha gente con novia que cada uno vive aparte y con sus padres, por lo que me gustaría entender el criterio que tienen
Un saludo
Lo de las ayudas fiscales deberías preguntarlo en el foro de derecho tributario (tengo curiosidad por ver cómo te responden).
La ley de Bases del Régimen Local obliga estar empadronado donde vives la mayor parte del tiempo, dicho lo cual no conozco a nadie que haya sido sancionado por estar empadronado en otro piso (especialmente si es en el mismo municipio). Dicho lo cual si, por ejemplo, tú te empadronas en un sitio diferente al de tu residencia real con el fin de conseguir beneficios fiscales, te expones a que te metan un palo, no por estar empadronado en un sitio diferente al de tu residencia real, sino incumplir con tus obligaciones tributarias haciendo uso, para ello, de un fraude ley.
Lo del médico de cabecera tendrías que preguntarlo en el servicio de salud de tu comunidad autónoma, pero como norma NO es obligatorio camnbiar de médico de cabecera si cambias de empadonamiento (siempre y cuando no cambies de comunidad autónoma).
La pregunta que tiene más enjundia es:
"Una vez conseguida la pareja de hecho podria volver a empadronarme en mi casa habitual distinta a la de mi pareja?".
La respuesta corta es que el hecho de constituir una pareja de hecho, no implica la obligación legal de convivir con ella o de estar empadronado con ella. La respuesta larga es que en la tramitación de las tarjetas de residencia, dada la elevada frecuencia de parejas de hecho fraudulentas, es bastante común enviar a la policía para que haga entrevistas o visite el domicilio de la pareja, y como sospechen que la pareja de hecho es de conveniencia (sobretodo si hay lucro económico por parte del español) y que realmente no mantienen una relación análoga a la conyugal (que es lo que exige la Ley), sino que el único objeto de la inscripción de la pareja es la obtención fraudulenta de un permiso de residencia, os podéis ver en un "pequeño" problema legal (tanto ella, como tú)... Y, creeme, de estos he visto unos cuantos.
MORALEJA: Si tú y tu novia queréis estar juntos y queréis constituiros como pareja de hecho inscrita, adelante. Pero si lo que estás pensando es inscribirte como pareja de hecho con una persona con la que realmente no guardas una relación estable, que sepas que NO es buena idea.
Buenas tardes
Mi pareja es de Nicaragua y su abogada le ha planteado establecer una union de pareja de hecho conmigo si quiere pedir la residencia
pero para ello me surgen muchas dudas ya que no se si sería conveniente para mi:
Tengo ventajas fiscales en el irpf por convivir empadronado con mi padre que es mayor y minusvalido. ¿Perdería esta ayuda y ventaja fiscal en la renta irpf?
Es ilegal empadronarse donde no se está viviendo?
Una vez conseguida la pareja de hecho podria volver a empadronarme en mi casa habitual distinta a la de mi pareja?
Tendría que cambiar e ir al médico donde me empadrono o podría conservar el mio en mi pueblo?