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Empadronamiento y domicilio fiscal

6 Comentarios
 
19/02/2010 21:31
Gracias, taxland. No he entendido mucho a quién te refieres cuando hablas de registrador y defensor judicial nombrado en la liquidación de gananciales. Si te interesa, he vuelto a exponer mi caso en otro mensaje dentro del apartado de "familia", donde puedes seguir asesorándome, ya que recibo opiniones contradictorias.
Un saludo.
olesa

19/02/2010 14:19
Olesa, la autorización judicial para vender el piso depende mucho del registrador. Es conveniente que te pongas en contacto con él para ver los requisitos que te va a pedir pues los registradores no actúan todos igual. Ponte también en contacto con el notario.

Lo normal es que con una declaración del defensor judicial de tus hijos (que habrás nombrado en la liquidación de gananciales), sea suficiente.

En caso contrario debes presentar en el juzgado una solictud en la que indiques los motivos razonados del porqué vendes la propiedad, para qué vas a utilizar el dinero y, en caso de que vayas a adquirir otra vivienda debe ser en las mismas condiciones que la actual, o sea, con tus hijos como nudos propietarios y tú como usfructuaria.

La decisión judicial no suele tardar mucho.

Un saludo,

www.taxland.es
18/02/2010 19:35
Hola. Ha habido un cambio en la situación. Con respecto a la autorización judicial que me pedían como condición para poder vender mi casa por haber hijos menores, me acabo de enterar de que en realidad no es obligatoria, sino que se pide porque, según la ley, mis hijos disponen de 4 años para reclamar su parte de la herencia, si más tarde decidieran que no están de acuerdo con la venta de la casa. Yo sé que eso no va a ocurrir, pero se pide la autorización para darle seguridad de alguna manera al futuro comprador. El caso es que esta autorización puede tardar mucho en resolverse y además me supone una cantidad importante de dinero, entre perito judicial, gestión y aranceles. Así que me gustaría saber si es realmente necesaria o conveniente solicitarla o puedo arriesgarme a vender sin tenerla.. Gracias.
10/02/2010 20:21
Gracias a los dos. Respecto a la pregunta de la aceptación de la herencia, sí está hecha.
Pagué cerca de 3000 euros de Sucesiones (primero me salía 0 a pagar pero al incluir los seguros de vida rescatado me resultó a pagar esa cantidad). Me dijeron que en el momento de la venta se deberá hacer una declaración complementaria de ese mismo impuesto (cerca de 5000 euros más) si no entendí mal.
Con respecto a lo que comentas, taxland, yo también he pensado en esto mismo durante todo el día y voy a presentar el expediente ante el juez sin cambiar el empadronamiento. Confíemos en que tome en consideración la situación como está, igual que lo haces tú.
10/02/2010 09:56
La autorización judicial es para proteger a tus hijos mientras sean menores y para que no les perjudiques en su patrimonio. No creo que el juez tenga algún inconveniente en reconocer que, trabajando tú en Barcelona y estudiando allí tus hijos, sea necesario cambiar de vivienda.

Mi consejo, no cambies el empadronamiento y realiza la solicitud de autorización justificándola adecuadamente. Si te dicen que no, te lo dirán razonadamente y te dirán la causa de denegación y con ella lo que debes corregir para que te concedan la autorización en una nueva solicitud.

www.taxland.es

10/02/2010 02:20
Deberia consultar con un asesor que se le haya dado algún caso similar, yo lo que le puedo indicar es que si cambia de domicilio y si se empadrona en otro a no ser que comunique a Hacienda rapidamente con un 030 que ha cambiado de domicilio o le hagan justamente una inspeccion y le pidan su empadronamiento para justificar la deduccion del prestamo de esa vivienda Hacienda no tendrá conocimiento de ese cambio. Puede empadronarse y cuando tenga la autorizacion judicial volver a empàdronarse en su vivienda. Lo del impuesto de sucesiones no lo entiendo al vender no se paga sucesiones si no transmisiones patrimoniales. La aceptación de la herencia ya esta hecha? entiendo y el impuesto de sucesiones ya estara liquidado. Puede aclarar mejor lo que quiere decir.
Empadronamiento y domicilio fiscal
09/02/2010 21:09
Hola a todos. Mi caso resumido es el siguiente: Enviudé hace unos meses. Mis tres hijos son herederos del 50% de la vivienda y yo tengo el otro 50% y la condición de usufructuaria. Estoy pagando hipoteca y para vender la vivienda actual, que es mi domicilio fiscal y donde estoy empadronada, necesito autorización judicial. Necesito acreditar que necesito trasladarme a Barcelona ya que mi casa está a 30km y mi trabajo y mis hijos estudian ahora en Barcelona. Me aconsejan que me empadrone ya con mis hijos en casa de mi madre, que es donde estoy viviendo actualmente, para poder presentar este empadronamiento ante el juez ya que quizá con los certificados del trabajo y del instituto de mis hijos no sería suficiente. Mi duda es que si me empadrono en Bcn, mi casa quedará como segunda vivienda y eso afectará a la hora de desgravar hipoteca así como al impuesto de Sucesiones en el momento de vender. ¿qué debo hacer?, ¿supone un riesgo empadronarme ahora? Gracias a todo el que me pueda ayudar.