Buenas noches,
Desde octubre mi hermano tiene la custodia compartida. En ella no figura nada acerca del empadronamiento de la niña por lo que en diciembre intentó llegar a un acuerdo con la madre de un año en cada casa, ésta le dijo que a él le valía con la sentencia para demostrar que el vive en su casa pero a mi hermano fiscalmente le interesa que esté en su casa (y a ella por lo que le da largas), el caso que la ha preguntado 3 veces ya por este asunto y lleva un mes "pensandoselo".
¿ Hay alguna manera de arreglar este tema sin tener que poner una demanda?
No sé por qué le interesa fiscalmente, a efectos de IRPF se cuenta igual al hijo como conviviente con ambos esté empadronado en un sitio o en otro.
Pero bueno, el tema es que esto debe estar recogido en la sentencia si los progenitores lo consideran suficientemente importante. Para empadronarlo en otro domicilio se necesita el acuerdo de ambos progenitores o en su defecto autorización judicial, por lo cual si no está recogido en el convenio no va a poder empadronar al menor. Que tampoco veo muy bien el interés, pero bueno, si lo hay habría que ir por jurisdicción voluntaria o incluso instar modificación, si no lo incluye el convenio.
1) Si la Sentencia no dice nada sobre el empadronamiento, el Ayuntamiento exigirá:
- Prueba documental de que existe mutuo acuerdo entre los progenitores antes de tramitar cualquier modificación del domicilio del menor.
- Si no se pueda acreditar el mutuo acuerdo, deberá exigir la presentación de una nueva resolución judicial que se pronuncie expresamente sobre el empadronamiento, y no llevar a cabo la modificación en tanto no se aporte alguno de los documentos anteriores.
2) Si la Sentencia dice algo, habrá que ceñirse a lo que diga la sentencia.
Si hay acuerdo entre ambos no hay problema, pero se estaría en las mismas al año siguiente, el que los ha empadronado con él podría no dar permiso para empadronarlos en casa del otro. Ya sea en un momento o en otro si no está recogido en convenio y no hay acuerdo, la vía judicial sería la única manera. Si se modifica de mutuo acuerdo y se plasma en convenio ya entonces sí bastaría para alternar el empadronamiento año a año.
Ya una pregunta por interés personal: ¿cuál es el interés real en que se empadronen con tu hermano? Porque yo estoy en compartida y siguen empadronados donde siempre estuvieron, y no acabo de ver en qué afecta. Puede haber diferencias, pero justo a efectos fiscales no veo cuáles hay, en nuestro caso nos afecta igual al que está empadronado con ellos y al que no.
En lo único que creo podría afectarle es si tuviera derecho al bono social térmico. Para que lo concedan dividen los ingresos entre el número de personas que conviven.
Los ingresos deben ser realmente bajos por lo que yo miraría si aún teniendo a la niña empadronada con el se lo concederían.
Por otro lado solo si viven muy cerca ambos progenitores podría llevarse a cabo ya que el colegio y centro de salud del menor estan ligado a su lugar de residencia habitual. No podría ser que cada año tuviera que cambiar de colegio y de médicos por estar muy distante los domicilios, ningún juez lo aprobaría.
Siempre prima el interés del menor antes que el de los progenitores.