En el año 1986 me subastaron todos mis bienes por ser socio y avalista de una sociedad limitada que llego a la quiebra. Aunque el valor de los bienes muebles e inmuebles de mercado era superior a las deudas. Los bancos subastaron los bienes a la baja y cobraron los de las primeras letras de embargo, el resto se quedo sin cobrar, las deudas eran polizas de crédito y contratos de aval para descuento de letras y pagarés. ¿Después de 25 años sin niguna propiedad, puedo ahora adquirir un bien inmeble? ¿Los bancos me lo podrían embargar a cuenta de las deudas de hace 25 años? Gracias por su atención.
La mayoría de las deudas personales prescriben a los 15 años. Si no le exigieron nada desde 1986, estarían prescritas. Pero si tiene dudas, lo mejor es que presente una demanda para que le reconozca un juez la prescripción.