Lo primero que tiene que averiguar es qué autoridad ha ordenado el embargo (Hacienda, el Juzgado) y el número de expediente. Esa información se la dará quien haya practicado el embargo, porque ha recibido la orden: o su empresa o el banco. Una vez hecho esto, ha de ver cómo está la situación en ese expediente y hacer valer, en su caso, que le han embargado más del salario mínimo. Empiece ahora y podrá evitar nuevos barridos, o podrá cambiar la domiciliación o forma de cobro de las pensiones y nómina.
Embargos sin comunicación o conocimiento por mi parte
hace 2 dias me retubieron el saldo de mi cuenta, al dia siguiente lo ejecutaron, es una cuenta nomina, que ademas recibe la partida de invalidez de una persona a mi cargo de 87 años
Nos han dejado sin saldo, a 20 dias de cobrar la pension del mes de junio.
Me asesoran que puedo hacer.
No ha recibido aviso, de nadie, ni de juzgao ni del acreedor.
No se acuanto asciende el embargo solo que mi cuenta la han dejado a CERO.-
SI DENUNCIO AL JUZGADO, PODRE RECUPERAR EL IMPORTE EMBARGADO