Hola, les planteo un tema aver si me ayudan:
Tras cerrar 1 empresa por quiebra y despues de muchos intentos de salvarla, me han quedado un mogollon de deudas: dinero expres, cetelen, aval de choche piso, credito personal para pagar al banco que me obligo a venderle mi piso, hacienda etc...
recibi la notificacion de hacienda de que me embargaba el suelo, y estoy pendiente de demandas por impago de los mencionados arriba. Tengo que nacer 3 para poder pagar todo. Tengo una nomina pequeña 750 E aprox y estoy pensado en declararme insolvente, camniar la nomina de banco para que no se cobren el prestamo personal pero ¿hacienda me puede embargar aparte de la nomina tambien la cuenta? que pasos deberia da? puedo ir a la carcel por impagos? ¿como puedo almenos quedarme con el minimo salarial para sobrevivir? un saludo y mucha gracias
Hola
No soy abogado pero he estado en situación parecida. El banco en el momento que llega el plazo del préstamo y hay dinero, lo coge, es más hay bancos que pilla el dinero uno o dos días antes del vencimiento para que no te lo gastes, evidentemente si quitas la domiciliación de la nómina de esa cuenta el banco no podrá coger nada, hacienda no tiene problema porque el que te retiene el dinero es tu empresa, al banco ya llega el dinero que sobra después del embargo, normalmente si ya está embargando la nómina no seguirá más, pero si te quedas sin trabajo volverá a intentar las cuentas. Puedes seguir así, hasta pagar las deudas, poco a poco, las deudas no caducan pero sí prescriben, para evitar la prescripción te pueden estar reclamando la deuda eternamente o bien si tú has reconocido la deuda, sin llevarte a juicio y esto irá incrementando los intereses. Si quieres quedarte con el dinero que te queda de tu nómina tendrás que quitar la domiciliación de ese banco, ahora bien, tendrás más dinero, pero si no pagas el préstamo tendrás otro acreedor.
No puedes declararte insolvente porque no lo eres, tienes nómina, tienes la opción de ir al juzgado y declararte en concurso de acreedores, igual que una empresa pero para particulares, tiene sus pros y contras, por un lado puedes detener todos los posibles embargos y llegar a un acuerdo con tus acreedores del 50% de quita, por contra, aumentas los gastos, te hace falta abogado, procurador y un administrador que cobran, además de no poder disponer de tu dinero libremente durante un tiempo.
El administrador te dará el dinero para que puedas ir pagando e ir sobreviviendo.
Tener deudas no es un delito por lo que no hay cárcel.
¡ Ánimo !
Si no quieres ir al concurso de acreedores, te acosejo lo que yo hice:
1) Paga primero a la administración, tienen capacidad de embargo sin necesidad de ir a un juzgado.
2) Paga las deudas más pequeñas. Todo el dinero extra que consigas, como paga extras, dedicala parte a cancelar las deudas pequeñas. Una vez pagado manda copia del pago al registro de morosos, no te creas que el acreedor te va a sacar aunque tenga la obligación.
3) Con las deudas más grandes, intenta llegar a un acuerdo con ellos para disminuir las cuotas aunque sea más tiempo.
No siempre quieren negociar, si no quieren, que te lleven a juicio, al llevarte a juicio deben de cerrar una cantidad y ya no pueden reclamar otra diferente. Si te ponen un monitorio oponte sí o sí, si te hace falta abogado y procurador para presentar el escrito de oposición pide justicia gratuita, tarda un tiempo en concederla o denegarla, mientras el monitorio se para. Una vez que te opongas, se abrirá juicio verbal u ordinario, PRESENTATE, lucha hasta el último céntimo, muchos acreedores ganan porque el deudor no se presentan y lo condenan en rebeldía, y se tiene que tragar todo lo que pida el acreedor. Las cantidades que presentan en el monitorio están ENGORDADAS, porque saben que tienen mucha posiblidad de ganar porque el deudor no se presenta. Intenta que en el juicio te ponga intereses legales. Desde que te ponen el monitorio hasta que haya una sentencia firme y una ejecución de sentencia puede pasar entre uno y dos años tranquilamente, tiempo suficiente para te dé tiempo a ahorrar. Entrega lo que puedas y solicita que te embarguen la nómina para pagar lo que indique la sentencia.
Otros acreedores no te llevarán a juicio, porque no les interesa o bien porque saben que el juzgado no lo va admitir a trámite, con estos intenta llegar a un acuerdo para pagar el principal sin intereses, normalmente son empresas de recobro que han comprado la deuda y cobrando el principal ya salen ganando. También puedes ignorarlos, la deuda prescribe a los 15 años, para ello el acreedor no debe de haber reclamado la deuda, ya que cada reclamación reinicia los 15 años, pero ojo, no vale cualquier reclamación, nada de cartas sin certificar o llamadas de teléfono, eso no sirve, incluso una carta certificada no garantiza el contenido, realmente una reclamación válida en el juzgado sería un burofax o un requerimiento notarial. Ignora la deuda no la reconozcas ni escrito ni por teléfono.
Recuerda que en registro de morosos se está 6 años. Después de estos 6 años deben de cancelar toda información, con lo que tendrás un expediente limpio y si tienes nóminas podrías pedir al banco una reunificación de deudas.
El hecho de ser un moroso es una situación circunstancial, es difícil salir, pero siempre que tengas trabajo, podrás hacer frente. Lucha y no te rindas.