Por favor necesito saber porque el INSS da autorización al embargo de una pensión teniendo ya un embargo y reconociendo ellos mismos en la hoja que te dan de la Escala de Embargos, en donde se dice que, Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del SMI, el 30%.
Ellos mismos se contradicen!! Puesto que a mi ya me están aplicando una deducción por el 30% en el resto del salario minino, que esta en 641.40€ no embargable, quedándome 325.58€ de los que me embargan el 30%, que da el total requerido por la Ley y que ellos mismos reconocen en la notificación de embargo, Art. 607 de la Ley 1/2000, de 7 de Enero de enjuiciamiento civil.Yo por mi parte ya he ido a reclamar al INSS y me contestan que debo reclamar al Juez que ha dictado la sentencia del embargo.
Y así me pongo en contacto con el juzgado de donde me viene el procedimiento, y en el juzgado se me dice lo siguiente.
Que ellos de ninguna manera obligan al INSS a hacer ningún embargo ya que siempre están a la espera de ser informados por el mismo INSS de si es posible o no el embargo, y en este caso pues queda claro que se ya se practica un embargo de acuerdo a la ley por su totalidad, es decir por lo estipulado y evidentemente no se debe producir otro embargo hasta no quedar liquidado el actual que se practique.
Por favor pueden orientarme y decirme que debo hacer en este caso y en donde debo acudir para que se me haga justicia y no vuelvan a embargarme la pensión, ya que ha este paso acabare durmiendo en la calle.
Pero el INSS ni caso de lo que les digo.
Como es posible que estén ocurriendo estas injusticias, y justamente las practique a Administración o es solo tienen interés en favorecer a los Bancos sin que les importe la precariedad de la gente.
Quien puede ayudarme ante este abuso, yo no me puedo pagar un abogado y no se si es correcto lo que me están haciendo, ni lo que puedo hacer.