Atención, pregunta: si tengo un procedimiento ejecutivo pendiente por una deuda, no tengo bienes, y lo único que cobro es una pensión de viudedad, se me puede embargar la cuenta bancaria en la que se me ingresa esa pensión? no es lo mismo embargar la pensión (en lo que exceda del SMI) directamente a través del INSS que embargar la cuenta bancaria en la que se ingresa esa pensión, no?.Agradezco cualquier orientación.